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fendiesen la puente para la cual venian muy apresuradamente los enemigos. Todos concurrieron de un ánimo para ganarla: los sicilianos porque en su defensa consistia su vida: los franceses en su venganza, y adelantóse de los primeros el capitan de la caballería

fredo de Janvila, muy señalado en las armas, con un sobrino suyo, y acometieron tan esforzadamente que ganaron las dos partes de la puente, y con increible constancia persistian por pasar adelante, pero hallándose delanteros en defenderla dos caballeros sicilianos muy valientes que se habian ejercitado en la guerra debajo del gobierno del almirante, llamados Peregrino de Pati, y Guillen Pallota, con tanto valor resistieron en la defensa de lo que restaba por ganar, que llegó en su socorro el almirante con todo el cuerpo de su gente. Allí se mezcló de ambas partes muy brava batalla, y el almirante apellidando el nombre de Lauria, fué el tercero que se puso sobre la puente, y en un tan pequeño espacio se juntaron los mas valientes, hasta que vinieron á las armas los generales, y fué herido en el rostro Gofredo de Janvila, y cayó con él el caballo. La ballestería que llevaba el almirante, hizo mucho daño en los proenzales y franceses, de manera que volvieron las espaldas y habiendo hecho grande estrago en ellos, los echaron de la puente y volviendo á su fuerte se detuvo el almirante allí algunos dias por rescatar los prisioneros.

CAP. XXVI.-De la diversidad que hubo en el consejo del rey don Fadrique sobre si se veria con el rey de Aragon su hermano, y como fue detenido el almirante por mandado del rey don Fadrique, y que la reina doña Costanza se salió de Sicilia y con ella el almirante y Juan de Proxita.

barones y ricos hombres de Cataluña y Aragon, á cuyo cargo era determinar semejantes cuestiones y diferencias, que se movian entre el rey y los nobles para que declarasen si podian ser desafiados por esta causa justamente, y ser privados los aragoneses y catalanes del comercio que tenian en aquella isla. Tam-francesa, que era un señor muy principal llamado Gobien para entender si era aquella la determinacion del rey su hermano, envió dos caballeros de su casa que se llamaban Arnaldo de Olmella y Jimeno de Olit, y escribió á todos los ricos hombres y universidades destos reinos que no se podia persuadir que el rey su hermano por inducimiento de sus enemigos se moviese á quererle desheredar de aquel reino tan injusta é inumanamente, pero si lo intentase y le quisiese por esta causa hacer guerra, se interpusiesen entro ellos, para que desistiese de aquel propósito hasta que se determinase si el tal desafío y aquella guerra eran jus- | tos, y que él enviaria sobre ello sus procuradores. Pedia que ayuntados los ricos hombres y procuradores de las universidades destos reinos lo determinasen, y entre tanto insistiesen con el rey su hermano que se apartase de una tan terrible empresa, y por esta causa vino Jimeno de Olit á Aragon. Por causa del requerimiento de las vistas, hubo grande turbacion entre todos los sicilianos, diciendo que queria el rey de Aragon proceder á muerte de su hermano siendo inocente, y ponerlos otra vez debajo del yugo y tiranía de los franceses, emprendiendo una causa tan deshonesta é inicua. Entonces se determinó que el rey don Fadrique se fuése á Sicilia, y quedase en Calabria por su vicario y capitan general don Blasco de Alagon, y llegado á Mecina, mandóse convocar parlamento general del reino en Chaza, para que allí se deliberase lo que se debia hacer. Estaba ausente en esta sazon el almirante, el cual habiendo partido con su armada para socorrer á Roca Imperial, entendien- Siendo el almirante vuelto á Mecina, los embajadodo que se habia levantado del cerco el conde de Mon- res del rey de Aragon le dieron una carta por la cual forte, navegando por la costa de Pulla, salió con su le mandaba que procurase que el rey don Fadrique gente á tierra de noche y fué á combatir á Leche, se viese, con él y él se viniese para su servicio, y el que dista á diez millas de la mar, y tomando de so- almirante anduvo tratando y procurando con los bresalto á los del lugar, le puso á saco y vínose con barones del rey don Fadrique no rehusase de verel despojo á Otranto, que estaba abierto y sin mura- se con el rey su hermano, pues cuando fuera enella despues de cierta traicion que cometieron contra migo no habia razon para escusarse de verle: afirel rey Manfredo, y luego se rindieron al almirante sin mando que esperaba que habian de ser las vistas condicion alguna, y por ser tan cómodo lugar para re- para grande honra y acrecentamiento suyo, Mas coger la armada por tener muy excelente puerto, man- por otra parte Vincbiguerra de Palici y Mateo de Terdó reparar los muros y fortalecerle de baluartes y ca- mini, anduvieron solicitando á los barones y síndicos va, y por ser el puerto muy importante, envió el rey de la isla y procurando que no le permitiesen ir: y al gobiero dél y para su defensa con buena guarnicion siendo ayuntado el parlamento en Chaza, para deterde gente y con tres galeras, á don Berenguer de En-minar lo que se debia responder, el almirante tuvo tenza. Dejando el almirante á Otranto en buena defensa, fuése con su armada al puerto de Brindez, á donde poco antes habian entrado seiscientos soldados muy escogidos de las guarniciones del rey Carlos, y sacando los caballos que llevaba en las galeras, mandó hacer su fuerte, y desde él comenzó á correr la tierra y talar los campos, y otro dia habiéndose juntado su caballería en la puente de Brindez, para socorrer á los que hacian la tala, comenzáronse algunos á desmandar, y el almirante recelándose de alguna celada, los fué á recoger de la otra parte de la puente. Apénas se volvieron para su puesto cuando los enemigos se volvieron contra ellos por diversas partes, y como los sicilianos tenian muy lejos su fuerte y las galeras, y no se podian recoger sin mucho daño, y no tenia la gente de pié otro remedio, el almirante los animó para que se juntasen y pusiesen en buena orden, y de

una larga plática, que se fundaba en persuadir, que teniendo al rey de Aragon por enemigo, perdian toda la pujanza que tenian en la mar y que sin ella no se podia defender, ni conservar aquel reino, y dando muchas razones concluyendo dijo, que era muy cierto, que perdiendo la posesion de la mar, que hasta allí habian tenido y sustentado con tanta gloria, facilmente les ganarian los lugares marítimos, que eran las principales fuerzas del reino, y desta suerte faltando á lo que debian á su fidelidad, el peor y mas temerario consejo llevaria su justa pena. Añadiendo á esto, concluyó con decir, vamos en guisa de paz con humildad y mansedumbre á recibir á un príncipe tan poderoso, que no podemos negar, que algun tiempo fuese nuestro señor natural y en su acatamiento postrémonos ante él, porque no nos quiera confundir con su magestad, que no será afrenta á vuestra alteza, si en una

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mar asiento en otra tierra, y pues si les es permitido mudar domicilio, como á otras gentes, puédese bien decir, que no están obligados á ningunas leyes de aquella patria, y si antes que el rey nuestro hermano se indignase contra nosotros, nos vinieron á servir como á hijo de su señor natural, si ahora por su manifiesto error y engaño nos quisiere ofender, podrán con grande razon responder, que no será á culpa suya que la guerra los halle en guisa de poder defenderse. No hay para qué encarecer el grande poder del rey de Aragon y sus armadas por mar y por tierra, y cuán desiguales somos para le resistir ni representar los daños y robos y muertes y las invasiones y talas que los sicilianos pueden padecer, porque Dios, en quien es todo el poder, no permitirá que se pierda nuestra justicia, y con su soberano juicio abatirá la ira desenfrenada, y la desordenada soberbia de nuestros enemigos. En suma concluyendo

necesidad tan forzosa os humilláredes á vuestro hermano mayor, que hasta aquí os ha sido en cuenta de padre. Supliquémosle, que no quiera por su mano y medio entregarnos en poder de nuestros enemigos: por ventura entonces le moverán á misericordia la caridad fraternal y la devocion que siempre le tuvieron los sicilianos, para que no persiga á aquellos, que él deberia por sus méritos y servicios amparar y defender contra todas gentes: y si finalmente determináre des, que se salga á recibirle poderosamente y que se le debe resistir, debeis á lo menos considerar que todos aquellos que no ignoran los fueros y costumbres del reino de Aragon, faltaran á la fidelidad y fé que deben á su príncipe, pues la razon y derecho conforman en esto, que incurran en nota de traicion todos aquellos que toman las armas contra su rey y señor. Algunos, dicho esto, daban á entender, que aprobaban su parecer y otros le condenaban. Por aquel dia no se pasódigo, que aquellos notoriamente faltaran á lo que deadelante en el parlamento, despues que el almirante ben, y á su fé y naturaleza, que en este hecho y caudeclaró su voto: y otro dia estando juntos, el rey to- sa nos desampararen y alzaren las manos de las armas, mó la mano diciendo, que era cosa muy sabida y or- por cualquiera ocasion de la defensa de la patria. Todinaria, que siempre que dos personas que están dis- dos, dicho esto por el rey, se conformaron, en que no cordes se ven para tratar de paz, sino se conciertan, fuése á las vistas, y él se volvió á Mecina, adonde el alquedan entre sí con mayor rencor y mas enemigos. mirante le mostró una carta del rey de Aragon, en Pues siendo así, que el rey de Aragon su hermano se que le mandaba se viniese para él, y le pidió licencia, habia confederado con el rey Carlos para este fin, que ofreciendo delante de Conrado Lanza, que solicitaria por su mano y con su poder fuese puesto en la pose- lo que conviniese á su servicio, y pidióle dos galeras sion del reino de Sicilia y él desde el dia que habia si- para pasar á Calabria á bastecer los castillos que allí do jurado por rey y se encargó de su gobierno, deli- tenia, y el rey se las dió y dejó el almirante muy proberó de poner su vida y estado por su defensa, & para veidos los castillos de Lauria y Badulato, y otras fuerqué se habian de ver, sino para quedar mas obstina- zas que tenia en aquella provincia. Por maravilla faldos en su propósito? A lo que el almirante decia de los tan cerca de los príncipes ministros bien diestros y fueros y costumbres del reino de Aragon, aunque el aparejados para indignar y conmover á ira, y con la rey su hermano le precediese en edad y hubiese sido diversidad de las naciones que en aquella corte concurpreferido en la sucesion del reino de Sicilia, que á los rian, habia mas sobra de quien procurase zizaña de lo dos pertenecia por parte de su madre, ¿qué lugar te- que conviniera, y así entonces no faltó quien puso nian en aquella tierra los fueros, ni en qué se derogaban? mayor sospecha del almirante al rey don Fadrique, pues cuando él fué su vicario y lugarteniente general, diciendo, que mandaba poner en orden con tanta le habia reverenciado, no solo como á su hermano solicitud sus castillos, porque entendia pasarse á mayor, pero como á su señor; y despues que, ó ven- los enemigos: y para mas persuadir esto al rey, le cido de pusilanimidad, temiendo no perdiese los rei- certificaron, que sin orden suya se habia visto con nos de Aragon, ó engañado con el cebo, que con gran- algunas personas del rey Carlos, así en Otranto como de astucia se le puso de las islas de Cerdeña y Córcega, ahora postreramente en Calabria: y que Fortuño Sanhizo la renunciacion en manos del rey Carlos su co- chez de Teruel, que tenia aun el castillo de Alaino mun enemigo, del derecho que tenia en el reino de Si- por el rey de Aragon, con inteligencia del almirante, cilia, quedando él libre del oficio de vicario, propo- persuadia á otros á su opinion, y esparciéndose esta niendo y aprobándolo el mismo almirante, le habian fama por la corte, cuando fué de vuelta el almirante, los sicilianos de comun acuerdo elegido por rey, llegando a palacio para visitar al rey, pidiéndole quiera que por la disposicion del testamento del rey la mano, no la quiso dar preguntándole qué era don Alonso su hermano, despues de su muerte, por la causa de aquella novedad, le dijo que ya él no derecho y razon le competia á él la sucesion. Por esta era de los suyos, ni sabia en qué cuenta le tuviecausa dijo, desde entonces, yo y los sicilianos queda- se, pues se entendia con sus enemigos, y estaba mos exemptos de su obediencia y libres de cualquiera confederado con ellos, y mandóle que no saliese homenaje y sujecion, y si de aquí adelante siendo con- de palacio, y él como facilmente le sojuzgaba la ira, federado con nuestros enemigos nos moviere tan in- recibió tanta alteracion viéndose detenido, que dijo justa guerra, & por ventura los fueros de Aragon, 6 que ninguna persona del mundo seria poderoso para constituciones de Cataluña nos prohibirán, que defen- que él perdiese su libertad, mientras el rey de damos á nuestras mujeres y hijos y casas, y nuestra Aragon su señor estuviese con ella y que no éra naturaleza y propia patria? Verdaderamente, ni las aquel el galardon que su lealtad y fidelidad habian leyes divinas ni humanas, nos lo vedan. Pero si tra- merecido, puesto que de los otros servicios no se quitamos de los catalanes, ó aragoneses, que dejando su siese tener tanta cuenta: y aunque ninguno se osaba naturaleza, han elegido este reino por su patria, ¿quién llegar á él solo por la palabra del rey, se tuvo por les impide, que no puedan tomar las armas por su de- preso y se apartó á una parte de la cámara. Mas cofensa contra los extranjeros, pues permite el derecho, mo se hallasen presentes el conde Manfredo de Claraque se tomen contra los padres? No son los pueblos y monte y Vinchiguerra de Palici, que eran de grande naciones libres tan constreñidas á sus heredades y prudencia, y los que mas autoridad tenian en el concampos, que no les sea lícito dejar su naturaleza y to-sejo del rey, porque no se indignase mas, le suplica

como

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CAP. XXVII.
- De la guerra que en este tiempo hizo en
el condado de Pallás Arnaldo de España hijo de Ro-
ger de Comenge, pretendiendo suceder en aquel estado.
No pudo el rey de Aragon apresurar tanto su parti-
da para Roma, que no le detuviesen en Zaragoza las
novedades de la guerra de Castilla, hasta en fin del mes
de febrero deste año, y estando para pasar á Catalu-.
ña, sucedió, que gente de Francia entró por el conda-

tanto importaba remediarla, fué forzado detenerse algunos dias. La entrada desta gente fué por esta causa. Roger de Comenge vizconde de Cosarans, despues de ser muerta su mujer, de la cual tuvo un hijo, casó con la condesa de Pallás, que era señora propietaria de aquel estado, y despues de haber vivido juntos mucho tiempo sin tener hijos, la condesa teniendo pacíficamente el condado, y queriendo que fuese señor dél su

ron les mandase dar el almirante en fiado, y así se fué á su posada, y aquella noche se partió con tres de caballo para Castellon: y mandó con grande priesa fortalecer los castillos de Nucara, Cripi, Castellon, Ficara, Yachi, Francavila y otros muchos lugares que tenia en Sicilia, y así se entretuvo, que ni movia guerra dellos, ni trataba de concordarse con el rey don Fadrique aunque el conde Manfredo y Vinchiguerra fuéron á él, para requerirle, que desistiese de aquella novedad, y llevaron salvo conducto. Pasado de Pallás, para apoderarse dél, y siendo cosa que ron en esto algunos días, y el almirante ó temiéndose que no se hubiesen descubierto los tratos que con el rey de Aragon tenia, ó por estar ya determinado, no quiso ir al rey don Fadrique, y pagó la pena en que se habian obligado sus fiadores, y porque le acudia mucha gente recelándose el rey de algun movimiento mayor, cesó de proceder contra él, y tambien de su parte no hizo otra novedad. Entre las otras cosas principales que los embajadores del rey de Aragon lle-marido y sus sucesores, vendió la mitad dél á Roger de varon á su cargo fué, que en nombre suyo y del papa pidiesen á la reina su madre y á la infanta doña Violante su hermana, que se viniesen á Roma señaladamente, porque se había tratado con el rey Carlos, que la infanta casase con Roberto duque de Calabria su hijo, que era el sucesor en aquel reino, porque Carlos Martelo, que fué el mayor, sucedió en el reino de Ungría, que le pertenecia por la reina su madre; y Luis, que fué el segundo, dejó el siglo, y tomó el hábito de los frailes menores, cuya memoria y santidad, como dicho es, fué despues canonizada y consagrada, y se puso en el catálogo de los santos. Desta manera Roberto que era el tercero, fué declarado por sucesor en el reino de Jerusalen y Sicilia, y se le dió título de duque de Calabria, como á primogénito y estaba ordenado, que sus bodas se celebrasen en Roma. Dando la reina doña Costanza noticia desto al rey don Fadrique su hijo, tuvo del licencia para su partida, y que pudiese ir con ella el almirante y don Juan de Proxita, á los cuales ya tenia por muy sospechosos, y holgaba, queñor de Gascuña, y despues de su muerte Arnaldo de

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Comenge su entenado, y dentro de breves dias le hizo donacion de la otra mitad, y el vizconde poseyó el estado en nombre de su hijo todo el tiempo que él vivió, y la condesa entró en religion constante el matrimonio, quedando su marido en el siglo; sucedió, que en vida de la condesa de Pallás, y siendo profesa, su marido, contra la ley del matrimonio, casó con otra, de la cual hubo dos hijos, á Arnaldo Roger, y Ramon Roger, y Arnaldo fué conde de Pallás, y casó con la condesa Lascar, y dejó della tres hijas, á doña Sibilia, y doña Beatriz, y doña Violante de Pallás, y`por no dejar el conde Arnaldo Roger hijos varones, sucedió en el estado Ramon Roger su hermano. Despues muerto el conde Ramon Roger sin dejar hijos en el año de mil doscientos y noventa y cuatro, por el mes de octubre hubo en el condado grande alteracion, porque Roger de Comenge, à quien se hizo la vendicion y donacion de aquel estado, tuvo un hijo que se llamó Arnaldo de España, que fué un gran se

se saliesen de su reino; pero por tener el almirante sus castillos, como los tenia, y haber mayor recelo dél, que tenia secreta inteligencia con Carlos, no se le dió salvoconduto mas de para la ida, y dejó secretamente ordenado el almirante, que obedeciesen sus alcaides à un sobrino suyo llamado Juan de Lauria, que quedó en la corte del rey don Fadrique, y la reina con la infanta su hija, y grande acompañamiento de barones y caballeros, se embarcaron en Melazo en las cuatro galeras que llevó el obispo de Valencia. Así hubieron de salir casi echados de Sicilia la reina doña Costanza, siendo señora propietaria de aquel reino, y Juan de Proxita y el almirante, por cuyo consejo y valor, no solo fué librado del yugo y tiranía francesa, pero amparado y defendido de tantos peligros congran de derra-los feudos de Berga y Bergadan, que les pertenecian mamiento de sangre, y para mayor consideracion de la variedad de los casos humanos se fuéron á recoger á las tierras del rey Carlos, á quien ellos mas habian ofendido y el que poco antes era su capital enemigo. El estado que el almirante tenia en Sicilia, era tan grande que le rentaba cada un año treinta y tres mil onzas de oro de aque-gunos lugares y castillos, envió el rey contra ellos en lla moneda siciliana, y todo se le ocupó por el rey don Fadrique, y perdió en dinero que tenia de contado en poder de mercaderes, y en recámara mas de treinta mil onzas, que para en aquellos tiempos era suma de gran valor. Entonces el rey dió el cargo de almirante del reino de Aragon y de sus comarcas á Roger de Lauria, que tenia Bernardo de Sarriá.

España tomó en parte posesion del estado, pretendiendo que le pertenecia por la sucesion de su padre. Pero Arnaldo Roger su tio, año de mil doscientos y ochenta y tres, le echó del estado, y siendo muertos Arnaldo Roger, y Ramon Roger que fueron pacíficamente señores del condado de Pallás, Arnaldo de España y Roger de Comenge su hijo, volvieron á apoderarse de aquel estado, pretendiendo que les competia el derecho de la sucesion, y con ayuda del conde de Fox tentaron de tomar algunos castillos y tener á su mano las hijas de la condesa Lascara. Pero antes que el conde Ramon Roger muriese, el rey proveyó que Guillen de Brolio veguer, con gente de guerra asistiese en defensa de la condesa Lascara y de sus hijas, á las cuales confirmó

como herederas del conde Arnaldo Roger: y como en esta sazon estando el rey en Zaragoza Arnaldo de España y su hijo, con ayuda del conde de Fox y de sus gentes, y diversas compañías de gente de caballo y de pié, entrasen en el condado de Pallás, y tomasen al

defensa de la condesa y de sus hijas, á Felipe de Saluces, proveyó que Bernardo Roger de Eril, Guillen de Castelvell el borde de Pallás y Acart de Mur les resistiesen con todo su poder, que eran los mas principales y poderosos en aquellas montañas, y procuró que el conde de Urgel no les diese favor ni ayuda, ni don Alvaro vizconde de Ager su hermano. Mas no cmbar

gante esto, Arnaldo de España y su hijo no cesaron de hacer mucho daño en la tierra, desde los castillos de Leort y Escalon, que el uno está en el val que llamaban Despot, y el otro en la ribera que se dice de Escalo, y se habian tomado, y apoderáronse de la mayor parte del estado, y el rey envió sobre ello al rey de Francia á requerirle, que no diese lugar que durando la tregua que habia entre ellos, de su reino pasasen á ofender las tierras de sus súbditos con mano armada, y con esto se partió para Cataluña para embarcarse. CAP. XXVIII. De la ida del rey de Aragon á Roma, á donde se celebraron las bodas de la infanta doña Violante su hermana con Roberto duque de Calabria, y se dió al rey de Aragon la investidura del reino de Cerdeña.

Llegó el rey don Jaime á Roma en fin del mes de marzo deste año de mil doscientos y noventa y siete, adonde halló á la reina su madre, y á la infanta su hermana y al almirante y Juan de Proxita, y todos fueron recibidos por el papa con gran demostracion de fiesta, y por toda su corte y vino allí el rey Carlos, y celebráronse las bodas de la infanta con Roberto duque de Calabria. Como se entendió que el rey don Fadrique no solo rebusaba de venir á las vistas, pero se apercibia con gran diligencia para defender su reino, y el rey iba mas de regocijo, que á punto de guerra, tomose brevemente resolucion en lo que se debia hacer. Lo que principalmente allí se declaró fué, conceder el papa al rey de Aragon y á sus descendientes la investidura del reino de Cerdeña y Córcega, invistiéndole dél en presencia con una copa de oro. Esta ceremonia se hizo públicamente á cuatro del mes de abril deste año, y la investidura se le dió con estas condiciones. Dábase aquel reino que allí se declara ser del derecho y propiedad de la Iglesia, de consentimiento de los cardenales al rey don Jaime y á sus herederos legítimos nacidos y por nacer, así varones como mujeres en feudo perpetuo graciosamente, por la liberalidad de la sede apostólica, con que él y sus sucesores prestasen á la Iglesia homenaje y juramento de fidelidad y vasallaje en cierta forma expresada en la investidura. Habia de ser obligado por razon de aquel reino, de servir al papa y á la Iglesia, dentro de Italia, con cien hombres dé armas, que cada uno fuese bien armado, y llevase á lo menos un caballo y otras dos cabalgaduras, y con quinientos soldados, entre los cuales hubiese cien ballesteros y fuesen convenientemente armados y naturales de sus reinos, y esto al sueldo del rey, y á sus gajes, y por tiempo de tres meses que se contasen desde el día que entrasen en las tierras de la Iglesia. En caso que el papa se quisiese servir desta gente por mas tiempo lo pudiese hacer, pagándola á la misma razon á sueldo de la Iglesia: y si en lugar de la gente de caballo y de pié conviniese que fuese servido con armada de mar, ó con cierto número de galeras ó navíos en las costas de Italia, estuviese en mano del pontifice, lo que mas quisiese y sirviese con cinco galeras bien armadas y fornidas de gente, y de las municiones y jarcia necesaria á los mismos gajes del rey, y por el mismo tiempo, y este servicio habia de ser por un año, siempre que la Iglesia tuviese dél necesidad. Declaróse que por aquel reino el rey, y los que en él sucediesen, pagasen en cada un año de censo por la festividad de San Pedro y San Pablo dos mil marcos de plata, de buena ley, y de esterlingos, á donde quiera que estuviese el papa y á sus

sucesores, 6 á la Iglesia, en caso de sede vacante, que
lo recibiese por el futuro pontifice, y por la porcion
que pertenecia al colegio de los cardenales y si en
aquel dia, y dentro de otros cuatro meses no se paga-
sen, incurriesen por el mismo caso en pena de exco-
munion y si en el segundo término y dentro de otros
cuatro meses no se pagasen sin disminucion alguna,
todo aquel reino quedaba expuesto á eclesiástico en-
tredicho. Pero si en el tercero y despues de otros cua-
tro meses no se satisfaciese á la Iglesia con el censo del
primer término enteramente, cayesen del derecho del
reino, y volviese al dominio de la Iglesia, é incurrie-
sen en las mismas penas, si se dejase de cumplir el
censo de cualquiera otro término. Mas para pagarlo,
y hacer el servicio de la gente de la Iglesia, no habia
de ser el rey con efecto obligado, sino en caso que él ó
sus herederos hubiesen tomado la posesion de aquel
reino, ó de la mayor parte dél. Por cuanto en el tenor
de las condiciones de la investidura se contenia, que en
ciertos casos el rey y sus herederos en aquel reino, in-
curriesen en sentencia de excomunion y se pusiese ecle
siástico entredicho, y fuesen privados de la investidu-
ra, desde entonces declaró el papa, que promulgaba las
sentencias de excomunion contra él y sus herederos y
ponia el entredicho en el reino, y los privaba si por su
culpa, ó de sus herederos no se cumpliesen las condicio-
nes. En lo que tocaba á la sucesion, el papa declaró, que
cualquier varon 6 mujer que debia suceder al rey y á
sus herederos en el reino de Aragon, sucediesen en el de
Cerdeña y Córcega, de tal suerte, que fuese rey de am-
bos reinos el mismo: y cuando hembra fuese admitida
á la sucesion, fuese tambien reina de los dos reinos, y
si en la muerte del rey y de sus herederos no queda-
sen hijos legítimos suyos de su cuerpo, aquel reino
volviese á la disposicion de la Iglesia. En caso que fal-
tasen varones, que legitimamente descendiesen del
rey y aconteciese suceder en el reino mujer por casar,
que se le diese marido que fuese idóneo y suficiente pa-
ra el gobierno y defensa del reino, consultando prime-
ro con el romano pontífice, y no casase sino con prín-
cipe católico y devoto de la Iglesia romana, y si de
otra manera se hiciese, se pudiese proceder contra la
tal heredera á privacion del reino. Allende desto se
disponia, que no se pudiese desmembrar aquel reino,
ni dividir, y habia otras condiciones y cláusulas, que
concernian en favor de la libertad é inmunidad ecle-
siástica, declarando, que se revocasen cualesquiera
constituciones ó leyes, 6 estatutos que se hubiesen
ordenado por los reyes ó príncipes seglares de Cerdeña
y Córcega, en su diminucion, y no se pudiesen por los
que sucediesen en aquel reino establecer. Cuanto al go-
bierno sobre los barones y personas seglares se declaró
que el rey y sus herederos rigiesen, segun el derecho
civil, al cual no obstasen las instituciones canónicas, y
conforme á loables costumbres. Tambien se prohibia,
que no pudiese el rey de Aragon y Cerdeña ser rey de
romanos ó de Alemania y de aquel reino, pero en ca-
so que fuese elegido al imperio, el rey de Aragon si tu-
viese hijo que le sucediese, le pudiese renunciar el
reino de Cerdeña y Córcoga, emancipándole, y le fue-
se lícito retener el imperio ó reino de Alemania. A siete
del mes de abril el cardenal Gerardo de Parma obispo
de Sabina, absolvió al almirante y á los caballeros que
habian servido en las guerras pasadas de todas las
sentencias de excomunion en que habian caido como
rebeldes y perseguidores de la Iglesia. Acabado esto, el
rey se volvió con toda su armada para Cataluña, para

sueldos de renta. Con esta recompensa, siendo de tanto provecho para en aquellos tiempos, dejaron los barones desta casa su solar. Visto que el rey mandaba juntar sus gentes para echar á Arnaldo de España, y á Roger de Comenge su hijo del condado de Pallás, don Ramon Folch vizconde de Cardona se interpuso en esta diferencia, y acabó que Arnaldo de España y su hijo viniesen personalmente delante del rey, y firmasen en su poder paz y tregua, segun la costumbre de Cataluña, por razon de la demanda que la condesa doña Sibilia puso contra ellos, por la guerra é invasion que hicieron en el condado, y ofrecieron que entregarian en rehenes al rey los castillos de Leort y Escalon, que por el rey se habian de encomendar á don Guillen de Anglesola, que los tuviese tan solamente por él, hasta que se hubiese determinado el derecho cuyo era, y se entregasen entónces al que obtuviese la causa: y si Arnaldo de España y Roger su

ponerse en orden y proseguir la empresa de Sicilia contra su hermano y la reina doña Costanza se quedó en Roma, y con ella Juan de Proxita, y el almirante se fué á Nápoles para el rey Carlos, al cual el rey confirmó en Roma la merced que le habia hecho de la villa y castillo de Cocentaina, remitiéndole el servicio que por ella era obligado á hacerle en hueste ó cabalgada, y que fuesen exentos dél sus sucesores. Tuvieron aqueIlos tiempos á la reina doña Costanza por muy excelente y cristianísima princesa, y juntamente con esto fue muy bien afortunada, en haber sido mujer de un tal y tan valeroso príncipe, y madre de tan excelentes tres reyes, pues vido su reino librado de poder de sus enemigos, y así reconciliada á la union de la Iglesia, y despues de muy crueles guerras que hubo entre sus hijos, feneció sus dias cuando reinaban en paz. El autor de las cosas de Sicilia escribe, que murió en Roma, y tambien Juan de Proxita, que la servia, pero en nuestras memorias parece, que el rey don Jaime su hi-hijo no quisiesen estar á derecho, se entregasen al rey. jo la trajo consigo à Barcelona, á donde murió, como se dirá en su lugar.

CAP. XXIX.-Que el rey mandó dar favor á doña Sibilia condesa de Pallas contra Arnaldo de España y Roger de Comenge su hijo.

Señalóles el rey por jueces al maestre de la caballería del Temple y al conde de Urgel y al vizconde de Cardona: los cuales habian de nombrar un letrado, ó dos, que en su nombre recibiesen la informacion y probanzas y se pusiesen treguas entre Arnaldo de España y Roger de Comenge su hijo y sus valedores de una parte, y Ugo de Mataplana y los suyos de la otra. Por parte de Arnaldo de España se puso dilacion en cumplir esto, y considerando el rey cuanto convenia á su servicio, que aquella diferencia se determinase, como se faltó á lo prometido, mandó juntar su hueste y él se vino á la ciudad de Lérida para pasar desde allí á | Pallás: y fuése à poner á cinco del mes de julio deste año sobre el castillo de Leort y mandóle combatir: pero dentro de seis dias vino ante el rey Roger de Comenge y se concertó con Ugo de Mataplana, con las mismas condiciones: y se pusieron treguas por tiempo de cincuenta años, y se entregaron los castillos en rebenes, y esto se confirmó por Arnaldo de España, que estaba en Gascuña. Despues por mandado del rey,

Vuelto que fué el rey á Cataluña, estando en Igualada á ocho del mes de mayo deste año, entendiendo que el conde de Fox y Arnaldo de España y Roger de Comenge su hijo hacian muy cruel guerra en el condado de Pallás, prosiguiendo Arnaldo de España su porfía, habiendo casado doña Sibilia hija mayor del conde Arnaldo Roger y de la condesa Lascara, con Ugo de Mataplana hijo de Ramon Durg, que era uno de los mas principales barones de Cataluña y mas emparentado, el rey determinó de ampararle contra sus enemigos, y dar todo favor, para que la condesa doña Sibilia se apoderase de aquel estado. En el mismo tiempo, estando el rey en aquella villa de Igualada, se concertó con don Guerao de Cervellon, hijo de don Guillen de Cervellon, que era señor del castillo de Cervellon y dependiendo la causa y durante la tregua, el rey mando sus términos y de otros castillos de aquella comarca, que se lo vendiese, porque era en aquellos tiempos tal fuerza y tan importante, que desde él eran señores de aquella comarca y ribera de Llobregat, y ponia en tiempo de cualquier alteracion que se ofrecia á la ciudad de Barcelona en grandes rebatos, los que se acogian á este castillo de Cervellon, y aunque don Guerao lo estimaba en mucho, y sus fortalezas por su calidad y ser el solar de su casa y tan antiguo, por esta cansa el rey hizo en ello muy grande instancia, y lo tuvo por bien, y vendióselo por ciento y treinta mil sueldos, dándole luego los treinta mil, y por los ciento restantes le dió el rey para él, y á sus descendientes las villas de Sarbos y de los Molinos del Rey, junto à Llobregat, y dábale para durante su vida á Villafranca de Panadés con todas sus rentas y jurisdicciones. Encomendóse luego el castillo de Cervellon á un caballero que se decia Galcerán de Villafranca, para que lo tuviese en tercería, hasta que se cumpliesen las condiciones que se trataron entre el rey y don Guerao. Tambien se obligó el rey, que si don Guerao de Cervellon tuviese hijo varon de la mujer que entonces tenia, que era doña Brunisenda, le daria en feudo de honor cinco mil sueldos de renta, y le entregaria el castillo de Talante de Alagon. Tuvo don Jimeno Cornel otro hijo mamarit por aquella suma, hasta que se le señalasen en vasallos en feudo de honor, desde Cervera hasta la mar, y de Tarragona hasta Barcelona los cinco mil

TOMO VI.

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entregar los castillos á la condesa Sibilia y al conde su marido y se revolvió otra vez la guerra y duró mucho tiempo, favoreciendo el conde de Fox à Arnaldo de España y á Roger de Comenge su hijo. Pero la condesa Sibilia y Ugo de Mataplana quedaron señores de aquel estado, y sus sucesores: los cuales hicieron por armas mucho tiempo en escudo de campo rojo una águila imperial de oro: que eran las armas de los emperadores de Grecia, de los cuales descendia la condesa, y en los pechos del águila un escudo de oro con bordadura de colorado, que fueron las armas de los barones de Mataplana, hasta que mucho tiempo despues los condes de Pallás, no sé por qué razon, mudaron sus armas en águila imperial negra, sin escudo, y en los pechos della las de Mataplana. Entonces casó do➡ ña Violante de Pallás hermana de la condesa doña Sibilia, con don Jimeno Cornel hijo de don Pedro Cornel y de doña Urraca Artal de Luna: y sucedió en Alfajarin y en todo el estado que tenia don Pedro su padre, que fué un gran señor en este reino y hubieron á don Tomás Cornel, á quien quedaron los lugares de Alfamen y Altamira, que casó con doña María de Luna, hija de don Pedro Martinez de Luna y de doña Vio

yor, que se llamó don Pedro Cornel, que se perdió por la union en tiempo del rey don Pedro el cuarto: y á don Ramon Cornel, que sucedió en la baronía de Al46

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