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taque et abrogata esse volumus et censemus, in reliquis tamen illibata esse et illæsa manere. Hæc est enim certa (1) voluntas nostra, sicque observari volumus et jubemus harum testimonio litterarum manu nostra subscriptarum, sigillique nostri secreti ac secretarii infrascripti nostri rerum Status subscriptione munitarum. Datum in villa nostra Regia de Aranjuez ad Tagum fluvium die decima quinta mensis aprilis anno Domini millesimo quingentesimo sexagesimo septimo-Philippus-Lugar del scllo-Ad mandatum suæ Catholicæ Majestatis propriumGab. de Zayas.

Carta del Duque de Alba al muy magnífico Señor el Sr. Secretario Eraso del Consejo de Estado de S. M.

Cartagena 26 de abril de 1567.

(Original)

(Archivo de Simancas--Estado--Núm. 149)

Dice que ha recibido la Patente y otros despachos, de que se muestra poco satisfecho.

Dos cartas he recibido de Vmd., la una de 18 de abril y la otra de 22, con la Patente y los otros despachos. Por la de 18 he visto lo que se me remite de las vituallas de los particulares, y hasta ahora no me han hablado Joan Andrea ni ninguno dellos en cosa de vituallas, y por esto no les he querido hablar en ello: si me hablaren yo les responderé conforme á lo que se me ha escrito.

Con la otra como tengo dicho recibí la Patente y la

(1) En el ms. leemos seria.

instruccion que con ella venia, y no quiero dejar de decir á Vmd. que no pensé que la primera instruccion que se me daba en mi vida sobre cosas del ejército habia de ser de su mano, porque si bien hace buscar sus papeles no hallará en ellos que se me haya dado jamás; y darme la instruccion como al Duque de Saboya y el sueldo como á mí, no puedo quejarme del principio de mis despachos. En lo de mi entretenimiento yo me contento mucho con

ello, y sé que Vmd. habrá hecho todo lo que habrá podi

do: en esto yo no tengo duda ninguna. Donde he de gastar lo que me costará esta jornada, poco me aliviará lo que daban al Duque de Saboya, y no teniendo en ella guardas de caballo cabe mi persona, de caballos ligeros y arcabuceros de caballo, presto podrá ahorrar su Magestad de la vida del Capitan General, y el que entrare en mi lugar se podrá ver como toma el arrendamiento. Yo, Señor, no puedo dejar de tener guarda de caballo como aquí digo, y si fuera para guardar mi vida, para mí no se me diera mucho; pero guardándola para no faltar al servicio de su Magestad, mientras hiciere falta, pesarmehá de perdella. Yo escribo á su Magestad sobre algunos capítulos de la instruccion, los cuales ni conviene al servicio de su Magestad que se guarden, ni es platicable el poderse hacer.

Por lo que Vmd. dice del despacho de Indias, le beso las manos.

Yo llegué aquí ayer, y pienso con el ayuda de Dios partirme esta noche y dar toda la priesa que pudiere en mi viaje. Dios sea servido dárnosle bueno, y guarde la muy magnífica persona de Vmd. etc. De Cartagena 26 de abril de 1567-A lo que vuestra merced mandare-El Duque de Alba.

Carta del Duque de Alba á Felipe II.

Cartagena 26 de abril de 1567 (*).

(Original)

(Archivo de Simancas-Estado-Legajo 149)

Dice que envió á Gonzalo de Bracamonte para que Juan Andrea Doria le diese galeras en que embarcar la tropa-Prisa que se dió en su viaje, y resolucion que habia tomado de partir luego á su destino sin esperar los cien mil ducados que habian de remitirse de Sevilla--Reflexiones sobre el pasaje de la infantería que iba á Nápoles, y medio que podia adoptarse para su mas seguro transporte.

En el sobre-A la S. C. R. M. el Rey nuestro Señor.

S. C. R. M.-Por ganar tiempo y prevenir á todas las cosas que me pudieran hacer detener, envié desde la Roda á los 20 deste al maestro de campo D. Gonzalo de Bracamonte, y escribí aquí á Juan Andrea para que le hiciese dar galeras en que pasase á los Alfaques para hacer embarcar sobre ellas las dos compañías que habian de estar en Tortosa. Háme dicho Juan Andrea como le despachó con cuatro galeras vacías para este efecto, y otras ocho con la infantería que tenian ya recebida, para que de aquí allá pudiesen ir todas seguras; háme dicho tiene por cierto llegarian ayer á buena hora.

Yo me he dado toda la priesa que me ha sido posible en mi camino, y llegué aquí ayer: hallé embarcada la gente, las vituallas todas recebidas; solo ha faltado

(*) Felipe II puso abajo de su mano: Estas se vean en el primer Consejo.

que me pudiera detener no ser llegados los cien mil ducados que vienen de Sevilla. Y visto que en las galeras que han de ir conmigo, hay número para poder partir, me he resuelto por no perder tiempo partirme esta noche, siendo Dios servido, y dejar aquí doce galeras que aguarden el dinero y lo lleven; que yendo tan llenas de soldados irán con toda seguridad, tanto mas que irán con ellas otras dos de las omelines con chusma de cuatro, porque ha de pasar (*) por fuerza en Barcelona á tomar un buque que allí tiene hecho, y volver luego aquí, donde tambien podrá venir seguro pues traerá tambien las tres armadas.

Juan Andrea escribe á V. M. sobre el pasaje desta infantería que ha de ir á Nápoles, lo que se le ofrece para que (**) V. M. visto todo mande lo que será servido. Lo que á mí se me ofrece que decir sobre ello, es que cierto en este tiempo es lástima grande enviar cuatro mil españoles á tan grande aventura como irian dejándolos ir solos en naves, y para esto cierto seria cosa conveniente podello acomodar de manera que se asegurase; y echada la cuenta en lo que tardarán á llegar aquí las banderas, que serán de quince á veinte dias, y lo que puede tardar Juan Andrea en volver aquí despues de haberme puesto á mí en Génova, pienso que no vaya de diferencia de lo uno á lo otro de ocho á diez dias; viniendo él podria, siendo V. M. servido, dejar algunas mas galeras en compañía de las de D. Alvaro para que la guarda destas costas quedase mas reforzada y tanto mejor se pudiese hacer la escolta á las naves de Indias,

y

(*) Lomelin ó Omelin gefe de las galeras, de quien tomaban estas el nombre de Omelines.

(**) El ms. solo dice

para.

y Juan Andrea aprovecharse de una buena nave que está aquí para la gente que no cupiese sobre sus galeras y llevalla siempre consigo remolcando, y con esto desde luego podrian aprestarse las siete galeras que aquí están debajo de Gil de Andrada y juntarse con las de Don Alvaro, y discurrir la costa y pasar á hacer la escolta á los navíos de Indias cuando V. M. tuviese el aviso que era menester hacerse de todos los medios que Joan Andrea escribe á V. M. Lo que á mí me parece que mas conviene para todos los efectos que se pretenden, es lo que tengo dicho. V. M. mandará ordenar lo que fuere servido, y despachar con la resolucion correo que vaya á Rosas para que Juan Andrea sepa lo que (*) V. M. manda que haga, con órden que no hallándome en Rosas donde hemos de tomar el dinero, pase á Génova. Nuestro Señor la S. C. R. Persona de V. M. guarde como sus criados y vasallos hemos menester. De Cartagena 26 de abril 1567.

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Las tres galeras que digo no son de los Omelines sino de un Ambrosio de Negron.

S. C. R. M.-Las manos de V. M. besa su vasallo y criado-El Duque de Alba.

(*) En el ms. se omite que.

TOMO IV.

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