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liquias de que hablamos en el Tom. X. (1) pues Ambrosio de Morales dice, (2) que en la Iglesia de Santa Eulalia de Merida, al hacer alli obra en tiempo de los Reyes Catholicos (año de 1500. segun Moreno) (3) se descubrió en una concavidad de la pared; cerca del Altar mayor, "una "caja, donde havia cabezas y "huesos de hasta doce, ò ca»torce Santos. Y quiso nuestro "Señor manifestar luego, co»mo eran reliquias de sus San"tos: porque demás de sentir "se un olor suavisimo en toda "la Iglesia, còn que todos los "presentes se alegraban,y ben "decian à nuestro Señor, su"cedieron milagros de cobrar la vista algunos ciegos, y sa"nar hartos enfermos. Por es "to se metieron todas aquellas "reliquias con mucha venera>cion en una arca dorada. que "para esto se hizo y se puso "alli en la Capilla mayor, &c. Asi Morales en el lugar citado. Despues (4) añade: "Y "podria alguno pensar, y no "sin fundamento, que los cuer"pos santos que se hallaron en "esta Iglesia en nuestros tiem"pos... fuesen los de estos cin

"co benditos Perlados ['de que se ha hablado aqui con el Diacono Emeritense] ò à lo menos "que con reliquias de otros Santos, que alli huviese, es»taban tambien las de ellos. Hasta aqui Morales, cuyas palabras, y suceso, proponemos, por lo que toca à los cinco Obispos referidos, Paulo, Fidel, Masona, Inocencio, y Renovato: pues segun el numero de cabezas y huesos de hasta doce ò catorce Santos, hay lugar para reconocer en la citada caja las reliquias de los Prelados, por cuya intercesion afirma el Emeritense, que obraba Dios milagros. En esta suposicion constà, que en Merida los veneraban como à Santos y consiguientemente llegando el lance de alguna persecucion, es muy creible, que juntasen sus reliquias con las de otros, para guardar à todas, y que estas fuesen las descubiertas.

156 Pero suponiendo que fuese asi, hay que añadir otra individualidad, à saber, que huvo traslacion de las cabezas y huesos de los Obispos. La razon es, porque la Iglesia de Santa Eulalia, donde fueron

se

(1) Desde la pag.329. num.91. (1) En el cap, X. lib. X. (3) Fol. 173. b. (4) En el lib. XII. cap. 21,

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sepultados, estaba fuera de la Ciudad, como escribe el Diacono Emeritense, y se expresará en su lugar. El Templo donde se descubrieron las mencionadas reliquias fue otro que hay dentro de la Ciudad, como refiere Morales. Resulta pues, que si estas son de los mencionados Prelados, fueron sacadas de la Iglesia extramuros, y colocadas dentro de la Ciudad en la pared, cuyo suceso es el testimonio mas abonado de la veneracion en que fueron tenidos despues de su glorioso transito. Acerca de lo que mira à estas materias se tratará despues.

157 Ahora resta decir, que el Pontificado de Renovato no pasó del año 632. pues en aquel año, à mas tardar, presidia en Merida el sucesor Esteban, como se dirá : y en vista de afirmar el Diacono Emeritense, que Renovato gobernó por muchos años su Iglesia (per plurimos annos) distribuimos, el espacio que hay desde el 606. dando prudencialmente al sucesor de Masona diez años, y asi no pasó de diez y seis el sucesor de Inocencio, entendidos los expresados años no de duracion real, sino de limite; esto es, que no pasó

del ultimo, aunque pueda du+ darse, si llegó.

ESTEBAN I

Desde cerca del 632. basta: cerca del 637.

158 En la muerte de Renovato acaba el Diacono Emeritense el Tratado de los Padres de aquella Iglesia, por lo que se hace muy verosimil, que escribia viviendo el sucesor Esteban: pues si fuera despues de haver fallecido éste, no es creible, que huviese dexado de mencionarle, como sucesor de Renovato; pero estando vivo, tuvo el inductivo que le obligó à callar, acaso por no rozarse con lisonjas. 1159 Pero aunque el Diacono no le nombra, quedó perpetuado en las subscripciones del Concilio quarto de Toledo, celebrado en el año de 633. por Diciembre, en el dia 5. entre cuyas firmas se halla en tercer lugar la de nuestro Prelado con su nombre proprio y dignidad: Stephanus Ecclesiæ Emeritensis Metropolitanus Episcopus subscripsi. Convivió pues, y trató à S. Isidoro, que presidió el expresado Concilio: y como des

pues

pues de Esteban subscriben tres Metropolitanos, es preciso reconocerle consagrado anticipadamente, pero no mucho: porque el Toledano Justo (que firmó immediato despues de Esteban, segun lo prevenido en el Tomo VI.) empezó en el mismo año del Concilio à principios del 633. como diximos en su Vida en el Tomo V. y para preceder Esteban à Justo, le bastaba haver sido consagrado en el año 632. ò algo antes, cuyo año no puede determinarse: pero no distaria mucho del expresado, por haver dos Prelados en los 26. años precedentes, de uno de los quales consta, que vivió mucho en el honor: y consiguientemente no es mucho dar 26. años à los dos: en cuya suposicion empezó Este ban cerca del 632. esto es, en el mismo año, ò poco antes.

Sabese unicamente, que concurrió à Toledo al Concilio quarto, y que no sobrevi vió mucho: pues en el año de 638. por Junio presidia en Merida el sucesor. Fue pues corto su Pontificado.

ORONCIO.

Desde antes del 638. hasta

despues del 653. (*)

160 La memoria del sucesor de Esteban empieza en el Concilio sexto de Toledo, celebrado à nueve de Enero del año 638. en el qual Concilio, aunque Oroncio no se halló personalmente, asistió en su nombre un Presbytero, llamado Guntisclo, el qual subscribió el primero de los Vicarios por serlo de un Metropolitano: Ego Guntisclus Presbyter, agens vicem Orontii Episcopi Ecclesiæ Emeritensis, subscripsi. Consta pues, que Oroncio fue consagrado Obis-. po antes del año 638. porque el Concilio se tuvo à nueve de Enero de este año, y consiguientemente en el antecedente de 637. era ya Metropoli

tano.

161 De alli à nueve años se celebró el Concilio septimo de Toledo: y ya que Oroncio en tiempo del precedente tuvo estorvo que le impidió pasar à la Corte, pudo hacerlo en el año de 646. en que se halló presente al Concilio septimo, y tuvo el honor de pre

(*) Vease la Nota de la pag. siguiente,

si

sidirle, como mas antiguo de todos los Metropolitanos que asistieron.

162 Sobrevivió despues de esto algunos años: pues volviendose à congregar otroConcilio Nacional en Toledo en el año de 653. (que fue el octavo) volvió à la Corte nuestro Obispo, y definió con los demás los Canones que alli se contienen, siendo el mas antiguo de todos los Metropolitanos, por lo que ocupa su nombre el primer lugar, como en el Concilio precedente.

163 Alcanzó pues tres Concilios Nacionales, y presidió los dos : constando por estos documentos diez y seis años en el Pontificado de Oroncio, desde el 637. hasta el de 653. sin que pueda determinarse con certeza quanto vivió sobre estos pero es verosimil, que à los tres años siguientes

por Noviembre huviese fallecido, pues (*) en el Concilio X. de Toledo, celebrado à 1. de Diciembre del año 656. no suena ya su nombre, ni por sí, ni en Vicario. Y digo ser verosimil, en fuerza de la edad, que entonces sería ya abanzada, pero no hay certeza: porque en aquel Concilio X. aunque fue Nacional, concurrieron pocos Obispos, y no fueron Vicarios de otros, que de los Carthagineses por tanto no es argumento tan fuerte, como en otros Concilios; pero la edad, la vecindad de los lugares, y la falta de su memoria, hacen verosimil la va

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(*) Nota. En la pag.215. col.2. y sig. de la primera impresion de este Tomo dice N. R. Florez, que en el Concilio X. de Toledo celebrado à 1. de Diciembre del año 656, no suena ya su nombre [de Oroncio] &c. y al margen del Tomo que su Rma. usaba puso la nota de suena: aludiendo en esto à lo que declaró despues en el Tomo XIV. pag. 23. en donde exhibe las firmas del citado Concilio X. segun las estampó el P. Mro. Yepes (en su Tomo II. fol. 222.) diciendo que era copia de Libros Mss, del Escorial. Y en la pag.24. dice el Rmo. Florez,, Segun cuyas firmas constan tres años mas en la Vida del Metropo,,litano de Merida Oroncio, de quien diximos en el Tomo precedente (XIII.) ,,que presidió en su Iglesia hasta despues del 653. Iglesia hasta despues del 653. lo que ahora se comprueba ,,y determina hasta el 656. Vease el Tomo VI, de la segunda edicion, pag. 203, y el Tomo XIV. pag. 24.

do Merida su primitiva extension, por causa de haverse introducido los Suevos con sus conquistas dentro de la Lusitania, en cuya posesion permanecieron despues del establecimiento de los Godos, y por tanto se hallaba Merida defraudada de algunos Sufraganeos.

terado, y enagenado, perdien- los límites antiguos de la Lusitania, y declararon pertenecer à Merida como Metropoli los Obispados fundados dentro de los terminos de la Provincia, à lo que el Rey añadió Decreto confirmatorio, como todo consta por el Concilio Emeritense tit. 8. donde se expresa, que el santisimo Obispo Oroncio logró esto con proteccion de Recesvintho: Suggerente sanctæ memorie sanctissimo Viro ORONTIO Episcopo animum ejus ad pietatem moverit, ut terminos bujus Provincia Lusitaniæ cum suis Episcopis,eorumque Parochiis, juxta priorum Canonum sententias ad nomen Provinciæ, Metropolitanam hanc Sedem reduceret, & restauraret. His ergo juxta eamdem regulam decreto Synodico, judicii formula, & suæ clementiæ confirmatione ad banc Metropolim reductis, &c.

165 Viendo Oroncio el derecho de su Metropoli, y que ya havia cesado desde Leovigildo el motivo de la separacion, ocasionada por los dos Reynos de Suevos y de Godos (pues desde Leovigildo pertenecian Galicia y Lusitania à un mismo Rey) conoció que era coyuntura oportuna para -pretender la reintegracion. Juntose à esto, que Oroncio pasó dos veces à la Corte de Toledo, como se ha dicho: favoreciale tambien la circunstancia de ser el Prelado mas condecorado, por el primer lugar que le daba su venerable antiguedad, y esto le daria tambien mas entrada, mas representacion, y mas confianza para hablar al Rey, que era entonces Recesvintho. Representóle su derecho, y en efec-do en su Metropoli los aumento obtuvo la proteccion Real à su favor, con lo que se juntaron los Obispos à reconocer

166 Debió pues la Provincia de Lusitania à Oroncio la reintegracion de sus antiguos límites, de que estuvo defraudada desde el tiempo de los Suevos: y en esta restauracion salió Merida mejorada,entran

tos, que en tiempo de los Suevos obtuvo la Lusitania en la parte dominada por aquellos

Re

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