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intentaron sublevarse, y no fueron seguidos de los de su cuerpo. En Zaragoza debióse á la vigilancia y á la firmeza del capitan general Bassecourt que se contuvieran los sediciosos; y en Tortosa la lealtad del comandante de la guardia del castillo evitó que se apoderasen de él los conjurados, que eran tambien oficiales de la guarnicion, y que tenian el proyecto de revolucionar la ciudad, de arrojar á un pozo al gobernador, y de asesinar á todos los negros como ellos decian, y á los demás á quienes les pareciese bien. Tres de aquellos oficiales fueron arrestados, si bien dos de ellos lograron fugarse. Con motivo de los decretos de 17 y 21 de agosto desplegó tál vigilancia y tomó táles precauciones en todas partes la policía, que frustró los intentos de muchos de los que estaban en combinacion con Bessières.

Temiendo el rey y sus consejeros que el rigor de aquellas medidas produjera reclamaciones de parte de los muchos interesados en que ni se descubriese ni se castigase aquella gran trama, y que recogiendo, como solian hacerlo, las firmas de muchos incautos, intentáran persuadirle que el pueblo, el ejército y los voluntarios realistas sentian y desaprobaban las medidas del gobierno, espidióse otro real decreto (28 de agosto, 1825), cuyo primer artículo decia: «Renuevo » y amplio la prohibicion de que el pueblo ó una par»te, multitud ó asociacion de él, ó cualquiera cuerpo, »ó compañía ó trozo de mis ejércitos, milicias provin

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»ciales y voluntarios realistas, ú otra gente armada, » fuerza organizada de tierra ó mar, esté ó nó en ser» vicio, se reuna ó coinunique entre sí ó con otros, en » público ó en secreto, de palabra, por escrito ú otros » signos, para hacerme á mí ó cualquiera autoridad > representaciones ó mensajes, ó cooperar á sostener las que otros hagan sobre materias generales de go>bierno contra las determinaciones de éste ó los actos de justicia, ni para pedir indultos, perdones, ba»jas de derechos reales, municipales que Yo haya determinado ó aprobado, ni de precios de otras co»sas establecidas por la autoridad legítima, ni bajo otro pretesto por importante ó necesario que pa

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» rezca.»

Y en el 2.° se declaraban las reuniones ó comunicaciones que tál objeto tuviesen, delitos de insubordinacion, conspiracion, sedicion ỏ trastorno contra el órden legítimo establecido. Y se hacian sobre esto las advertencias y las prescripciones más severas á todas las autoridades, oficinas y corporaciones militares, eclesiásticas, civiles, municipales y de todo gédeclarando desde luego principales culpables á los ocho primeros firmantes de cualquier representacion, mensaje ó escrito de esta índole que al rey ó al gobierno se dirigiese.

nero,

Mas no se mostraba el rey menos severo ni menos terrible contra los hombres de otras ideas Ꭹ de otros bandos. Habia descubierto y sorprendido la po

licía en Granada una lógia de masones en el acto de recibir un neófito, revestidos por consecuencia de los trajes y rodeados de los instrumentos y emblemas propios de la sociedad. Pues bien; en el mismo dia y en la misma Gaceta en que declaraba traidores á Bessières y á los suyos, y se los condenaba á ser pasados por las armas sin más tiempo que el necesario para prepararse á morir como cristianos, se condenaba á la pena de horca en el término de tres dias á los masones aprehendidos en Granada, y á los que lo fueren en cualquier otro punto del reino. El sistema de suplicios y de sangre alcanzaba á todos.

Otra víctima fué sacrificada en aquellos mismos dias, que á no haber caido en cierta desesperacion nada estraña, habria sido el tipo del verdadero mártir político, como fué objeto de bárbaras crueldades, que bastarian para hacer mirar con horror y anatematizar tan desdichada época. Hablamos del martirio y el suplicio de don Juan Martin, el Empecinado, valiente y famoso guerrillero de la guerra de la independencia, en cuyo período habia prestado eminentes servicios al rey y á la patria. Ninguna parte habia tenido en los alzamientos de 1814 á 1820. En la segunda época constitucional habia defendido la causa de la libertad como otros jefes militares, y despues de la capitulacion de Cádiz con el ejército francés habíase retirado á vivir tranquilamente en la villa de Roa, inmediata á su pueblo natal, Castrillo de Duero. El fa

nático y vengativo corregidor de la villa, ya por odio á las ideas, ya por personales resentimientos, fornóle causa so pretesto de haber permanecido con las armas en la mano despues de la libertad del rey, y sumióle en un calabozo. No fué difícil al juez encontrar en una poblacion que se distinguia por su exaltado realismo quien depusiera contra el procesado. Ya en la cárcel, le hizo sufrir padecimientos sin tasa; pero lo horrible, lo inaudito, lo que hace erizar los cabellos como acto de inconcebible barbarie, fué haber mandado construir una jaula de hierro, donde hacia encerrar al desventurado don Juan Martin, y esponerle á modo de fiera salvaje en la plaza pública en los dias de mercado al escarnio y al insulto de la feroz y vengativa plebe, que se complacia en atormentarle con todo género de repugnantes ultrajes.

Sentencióle después á la pena de horca, cuyo fallo confirmó la sala de alcaldes de Casa y Córte, á escepcion de dos individuos, que, aunque furibundos realistas, creyeron manchar su toga si aprobaban lo que les parecia una iniquidad. Un general francés interpuso su mediacion con el rey para ver de evitar un suplicio que miraba como ofensivo á la humanidad á la civilizacion. La anciana madre de la víctima partía con sus justos lamentos todo otro corazon que no fuese como el de aquellos feroces jueces, y el del mismo Fernando, que se mantuvo sordo y frio á todos los ruegos. Preparóse don Juan Martin á morir como

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cristiano, confesándose en la capilla, y reconciliándose al salir de la cárcel, despidiéndose tambien con cierta serenidad de los que en ella quedaban. Mas en el camino y cerca ya del patíbulo, repentinamente, ó por que irritára al insigne caudillo de la independencia y de la libertad ver su espada en nianos del comandante de realistas, ó por que en su genio impetuoso y altivo, antes de sufrir una inmerecida afrenta hubiera resuelto vender cara su vida, rompió con hercúlea fuerza las esposas de hierro que sujetaban sus manos, apeóse de su humilde cabalgadura, aterró á la muchedumbre, que ɛe dió á huir, y tal vez se hubiera salvado rompiendo por los que le escoltaban, si á los pocos momentos no hubiera tropezado y caido, echándose sobre él los que le cercaban. Todavía forcejeó con ellos y con el verdugo, tánto que fué menester que entre todos le atáran y sujetáran con una soga y levantáran así su cuerpo hasta la altura del cadalso, donde al fin espiró (19 de agosto, 1825), con muerte que se creyó afrentosa entonces, y como tál se la dieron sus enemigos, pero que la posteridad, más ilustrada y más justa, ha considerado gloriosa, siendo el nombre de El Empecinado uno de los que han recibido los honores de ser inscritos con letras de oro en el salon de la representacion nacional entre los mártires de la libertad española (1).

(1) Entre los documentos oficiales que se salvaron relativos á

este suceso, lo fué el siguiente: «Comision de la Real Chancillería

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