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realistas. Privilegios y proteccion que les otorga.-Horrible rigor de las comisiones militares.-Fiesta religiosa instituida en conmemoracion de la prision de Riego.-Premios á sus aprehensores.— Muerte de Luis XVIII. de Francia.-Sucédele Cárlos X.-El gobierno español se entrega sin miramiento á medidas reaccionarias. -Arbitraria y desusada renovacion de ayuntamientos.-El plan general de Estudios de Calomarde.-Bando inquisitorial del superintendente de Policía sobre libros.-Facultades á los obispos para reconocer las librerías públicas y privadas.-Medidas del ministro de Hacienda.-Creacion del Conservatorio de Artes.-Instruccion sobre derechos de puertas.-Nuevo tratado entre Fernando VII. y Carlos X. sobre permanencia de las tropas francesas en España.— Venida á España del príncipe Maximiliano de Sajonia y de la princesa Amalia.-Regresa toda la familia real de los Sitios.-Entusiasmo del pueblo á su entrada en Madrid.

Pensar que el gobierno francés hubiera empleado sus caudales y sus soldados, y comprometido la reputacion militar y política de la Francia, constituyéndose en ejecutor de las resoluciones de la Santa Alianza, para hacer la contrarevolucion española, destruir el sistema constitucional, y restablecer á Fernando en lo que se decia la plenitud de sus derechos; y que aquel gobierno, acabada su obra, no habria de aspirar á sacar de España las compensaciones y pre.. mios materiales y morales que estimára corresponder á tan gran servicio, seria suponer demasiado desinterés y abnegacion, y desconocer los móviles que á los gobiernos como á los individuos suelen guiar en empresas táles. No negarémos nosotros cuánto obligan y empeñan al que los recibe, y más cuando él mismo los solicita, servicios de tan gran tamaño prestados

de nacion á nacion y de trono á trono, en una políti.. ca dada, y cualquiera que sea la situacion de un Estado. Por eso en nuestra Historia hemos deplorado constantemente, y siempre que hemos tenido ocasion, como una de las mayores calamidades que pueden venir sobre un país, la invocacion de estraño auxilio y el llamamiento de fuerzas estranjeras para intervenir en los negocios interiores de un Estado, y más para modificar ó trastornar su forma de gobierno.

Naturales y como inevitables son ciertas compensaciones. Pueden en este concepto algunas pretensiones ser justas ó equitativas: suelen por desgracia, y es lo comun, hacerse otras escesivas, y hasta irritantes por lo inícuas. Nuestros lectores habrán de calificar las que el gobierno francés entabló con el español apenas vió consumada la obra de la restauracion, y las que logró alcanzar trás largas negociaciones diplomáticas.

Ya hemos dicho y confesado, que espantado aquel gabinete y sus mismos jefes militares de los resultados de su propia obra y de la reaccion horrible y semi-salvaje que se desplegó á sus ojos, debióse muy principalmente á su conducta, á su mediacion y á sus gestiones en espíritu conciliador, que por lo menos en algunos momentos y en algunas localidades se templára la política sanguinaria del rey y de sus ministros, que en ocasiones se amansáran algo las furias populares, que reemplazára á un ministerio ven

gador otro mas humanitario, que se libráran del calabozo y del suplicio algunos perseguidos, y por último que se atorgára una amnistía, que aunque menguada y exígua, y reducida á espresiones mínimas, daba alguna esperanza de que no todo habria de ir siempre á gusto del partido del exterminio y de las venganzas sin tregua y sin freno.

Bien, si á esto se hubieran limitado las aspiraciones y el influjo del gobierno estranjero que habia causado el daño; y mejor, si el vigor y la resolucion que mostró para trastornar con la fuerza el régimen establecido, las hubiera empleado tambien para obligar al monarca á poner tál forma de gobierno, constitucional y templado, como manifestaba desear. Mas para esto se suponía impotente. «Ya que no podemos de »ninguna manera, decia el ministro de Negocios es>>>tranjeros de Francia á su embajador extraordinario »en Madrid, determinar las instituciones que se»rian mas acomodadas para hacer renacer las prosperidades de España, podemos á lo menos saber quiénes son los hombres más aptos para la administra

>cion.>

No se trata, decia en otro despacho al conde de Bourmont, de dar á la España este ó aquel linaje de gobierno, sino de encontrar en ella una fuerza con » que se pueda restablecer el órden y la justicia.»Y en otra comunicacion: «Por lo que hace á nuestra política, nos limitaremos á dar consejos. A los espa

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ñoles corresponde saber si necesitan ser gobernados por instituciones nuevas; á su rey toca juzgar de esta »necesidad. Sobre este punto nada tenemos que decir »ó hacer; pero lo que queremos impedir con todo >nuestro poder son las reacciones y las venganzas. »No permitirémos que las proscripciones deshonren >nuestras victorias, ni que las hogueras de la Inquisi>cion sean altares levantados á nuestros triunfos (4).»

Incomprensible lenguaje, y estraña consideracion y miramiento el de aquel gobierno para no obligar al rey de Espasa á dar á la nacion unas instituciones razonables, cuando en otras cosas se creia el gabinete francés con derecho á mandar en absoluto en España, como si su rey y sus ministros fueran los soberanos de la Península. «Podeis, decia el ministro de Relacio>nes estranjeras de Luis XVIII. á su embajador en >Madrid, formar un ministerio á vuestro gusto, dictar leyes, hacer firmar nuestros tratados, etc.Os lo repito, el rey está aquí muy irritado, y si la España no resuelve nada, nosotros resolverémos.»-«Os lo repito por la milésima vez: si el ac»tual ministerio no es de vuestro gusto, cambiadle: > debeis mandar como amo..... Persuadíos bien de sois

que

rey de España, y de que debeis reinar......... (2).»

(1) Despachos de Chateaubriand al marqués de Talaru y á Mr. de la Ferronnais, embajador aquél en España, y éste en Rusia. (2) Despachos de Chateau

briand al marqués de Talaru, de 17 y 29 de diciembre de 1823, y 17 de enero de 1824.-Chateaubriand, Congreso de Verona, tomo II.

¡Intolerable lenguaje para el pueblo menos orgulloso, cuánto más para la altiva nacion española! Pero merecido para aquel rey y aquellos realistas, que á trueque de vencer y vengarse de un partido político, no habian reparado en sacrificar la dignidad y la independencia patria, llamando á ella las huestes estranjeras que la habian de subyugar, y una de las muchas y tristísimas lecciones que suministra la historia á los que se humillan á invocar la ayuda de los estraños para intervenir en los negocios propios.

¿Mas cómo se concilian estos alardes de poder de parte del gabinete de las Tullerías, esta aspiracion al derecho de mandar como soberano en España, con aquella limitacion á dar consejos y á respetar la voluntad del rey y de los españoles en cuanto á la forma de gobierno y á las instituciones que convendria establecer? Por que si la Francia deseaba en España cierto linaje de instituciones, no era esto lo que le importaba más, y no rompia lanzas por conseguirlo: suponíase con derecho solo á aconsejar, no á mandar. Lo que le interesaba eran las compensaciones que se proponia obtener, y para esto era para lo que se consideraba con derecho á mandar como amo.

Las compensaciones principales á que aspiraba eran las siguientes: el reconocimiento de un crédito de treinta y cuatro millones de francos por gastos de guerra; el libre comercio con las colonias españolas de América; la mediacion de Francia respecto á las

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