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pense y otros respondieron inmediatamente que se opondrian á la ejecucion de la Ordenanza: y hasta los representantes de la Santa Alianza declararon que aquella medida atacaba la independencia de las autoridades y del pueblo español.

Tantas censuras, y tantos clamores, y tá oposicion de parte de los intransigentes realistas, acobardaron al de Angulema, y pusiéronle en el compromiso, que no tuvo valor para resistir, de modificar un poco mas adelante el decreto de Andújar, declarando (26 de agosto), que no habia sido nunca su intencion embarazar el curso de la justicia en la persecucion de los delitos ordinarios, sobre los cuales el juez debe conservar toda la plenitud de su autoridad, y que respecto á los periódicos su objeto era impedir que se insertasen, como con frecuencia sucedia, artículos que pudieran agriar los partidos, ó impedir el efecto de las medidas tomadas por S. A. R., ya relativas á las operaciones militares, ya referentes á la pacificacion de España y á la libertad de S. M., sobre lo cual debian entenderse los comandantes franceses con las autoridades españolas ""). Por fortuna el primer decreto habia producido ya algunos buenos efectos, porque, especialmente en Madrid, los comandantes franceses se

(1) Por esta segunda medida fué ácremente censurado el de Angulema por los liberales franceses y españoles, motejándole aquellos de débil, y tachándole

éstos de hipócrita. Pues decian unos y otros que no debia guardar táles consideraciones y miramientos con quienes le eran deudores del poder.

apresuraron á romper los cerrojos de las cárceles, y muchos desgraciados volvieron á respirar el aire puro de la libertad, bendiciendo á los libertadores estranjeros.

La llegada del duque de Angulema al ejército sitiador de Cádiz, despues de haber sido recibido por los pueblos en triunfo y como un verdadero libertador, dió impulso á los trabajos del cerco, y su presencia comunicó aliento á las tropas y actividad á las operaciones, de que darémos cuenta después. Mas sin perjuicio de ellas, y no queriendo el príncipe francés entenderse con el gobierno constitucional, escribió directamente al rey por medio de un oficial con calidad de parlamentario, en los términos siguientes:

Querido hermano y primo: La España está ya libre del yugo revolucionario; algunas ciudades fortificadas son las únicas que sirven de refugio á los hombres comprometidos. El rey mi tio y Señor habia creido (y los acontecimientos no han cambiado en nada su opinion) que restituido V. M. á su libertad, y usando de clemencia, seria conveniente conceder una amnistía, como se necesita despues de tantas disensiones, y dar á sus pueblos, por medio de la convocacion de las antiguas Córtes del reino, garantías de órden, justicia y buena administracion. Cuanto la Francia pueda hacer, así como sus aliados y la Europa entera, se hará, no temo asegurarlo, para consolidar este acto de vuestra sabiduría.

He creido de mi deber dar á conocer á V. M. Ꭹ á todos aquellos que pueden precaver aún los males que les ame

nazan, las disposiciones del rey mi tio y señor. Si en el término de cinco dias no he recibido ninguna respuesta satisfactoria, y si V. M. permanece todavía privado de su libertad, recurriré á la fuerza para dársela, y los que escuchan sus pasiones con preferencia al interés de su país, serán solos los responsables de la sangre que se vierta.

Soy con el mas profundo respeto, mi querido hermano y primo, de V. M. el mas afecto hermano, primo y servidor.-Luis Antonio.- Cuartel general del Puerto de Santa María, 17 de agosto de 1823.

A la cual dió Fernando, ó mejor dicho, el ministerio, la siguiente respuesta:

Mi querido hermano y primo: He recibido la carta de V. A. R. fecha 17 del corriente, y es en verdad muy particular que hasta el dia no se me hayan manifestado las intenciones de mi hermano y tio el rey de Francia, cuando hace seis meses que sus tropas invadieron mi reino, y despues que han ocasionado tantas penalidades á mis súbditos que han tenido que sufrir esta invasion. ΕΙ yugo de que cree V. A. R. haber librado á España no ha existido nunca, ni jamás he estado privado de ninguna libertad, sino de la que me han despojado las operaciones del ejército francés. El único modo de devolvérmela seria dejando poseer la suya al pueblo español, respetando nuestros derechos como respetamos los de los demás, y haciendo que cesase un poder estranjero de entrometerse en nuestros asuntos interiores por medio de la fuerza armada.

Los paternales sentimientos de mi corazon están por todo aquello que me indique la regla mas segura y el me

dio mas eficaz para buscar y hallar un recurso á las necesidades de mis súbditos. Si para la conservacion del órden y de la justicia desean fuertes garantías, yo convendré en ellas con su acuerdo, esperando que V. A. R. me permitirá le diga, que el remedio que me indica es tan incompatible con la dignidad de mi corona, como con el estado actual del mundo, la situacion política de las cosas, los derechos, las costumbres y el bienestar de la nacion que gobierno. Restablecer despues de tres siglos de olvido una institucion tan variada, tan difícil de hacerla variar, y tan monstruosa como lo es la de las antiguas Córtes del reino, Córtes en las que la nacion no se reune ni posee una verdadera representacion, serfa lo mismo y aun peor, que resucitar los Estados generales en Francia. Además, esta medida, insuficiente para asegurar la tranquilidad y órden público, sin procurar ventaja alguna á ninguna clase del Estado, haria renacer las dificultades é inconvenientes en que se ha tropezado en otras ocasiones, y en que se tropieza cada vez que se trata de discutir sobre este asunto.

No es al rey á quien corresponde dirigir los consejos que V. A. R. ha creido debia darle, porque ni es justo ni posible que se pida al rey precava los males que no ha causado ni merecido; y esta peticion fuera mejor se dirigiese al que es autor voluntario de ellos.

Yo deseo y tambien mi nacion, que una paz honrosa y duradera ponga fin á los desastres de la guerra presente que no hemos provocado, y que es tan perjudicial á la Francia como á la España. A este fin tengo negociaciones pendientes con el gobierno de S. M. Británica, de quien he solicitado igualmente la mediacion S. M. Cristianísima. Yo no me separaré de esta base, y creo que V. A. R. deba hacer

lo mismo; mas si á pesar de esta declaracion se abusa de la fuerza, bajo el pretesto que indica V. A. R., los que lo hagan serán los responsables de la sangre que se vierta, y particularmente lo será V. A. R. delante de Dios y de los hombres, de todos los males que recaigan sobre mi persona y real familia, y sobre esta ciudad benemérita. Dios guarde á V. A. R., mi hermano y primo, muchos años.

Cádiz, 21 de agosto de 1823.

YO EL REY.

Como se vé por esta respuesta, indicaba el gobierno de Cádiz estar en negociaciones con el de la Gran Bretaña sobre mediacion y transaccion. Pero el embajador inglés sir Villiam A'Court, cuando se nombró la Regencia de Sevilla, no queriendo entenderse con ella, se retiró á Gibraltar. Atribulado el gobierno de Cádiz, dirigióse á él en junio implorando la mediacion inglesa, y en principio de setiembre renovó su reclamacion allanándose á todo, y poniendo por únicas condiciones el olvido de lo pasado y la seguridad de un gobierno representativo, rogándole por último se situase en un navío inglés en la bahía de Cádiz, para que pudiera en un caso servir de asilo á la familia real. El acuerdo era ya tardío, y el embajador se concretó á enviar su secretario lord Elliot con las proposiciones del gobierno de Cádiz al duque de Angulema, el cual contestó que no trataria con nadie sino con el rey en libertad.

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