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yes, se determinase está merced en favor de Pedro de Godoy, despachándole cédula confirmatoria de la que tenia del Rey D. Enrique: que por cuanto el mayordomo tenia cartas de S. S. A. A. así de su administracion, como del perdon para los suyos por todas las cosas pasadas, se le confirmen de nuevo: que por cuanto el mayordomo ha costeado ciertas obras en los Alcázares, se le satisfagan los costos en la saca de 800 calices de trigo que tenia en la villa de Carmona: que por cuanto los oficios de Alcalde mayor y Alcalde de la justicia, y otros del regimiento, estaban proveidos por el Rey D. Enrique en ciertos amigos y parientes del mayordomo, sobre los cuales tenia la villa pleito pendiente, se les hayan de confirmar todos: que de todas las cosas contenidas en esta capitulacion, se despachen cartas y provisiones confirmatorias entregándolas al mayordomo por medio de D. Garcia Lopez de Padilla, Clavero mayor de Calatrava, al tiempo en que entregue los Alcázares, escepto los privilegios, que por esta capitulacion se han de entregar al mayordomo de las rentas sobredichas, el cual declarará por cartas selladas dónde las quiere: que por cuanto entrega á S. S A. A. todos los Alcázares del Rey y de la Reina, es condicion, que Gomez Mendez de Sotomayor ha de entregar tambien el otro Alcázar de la puerta de Sevilla dentro del término de 50 dias: que el Alcaide que recibieren en nombrede S. S. A. A. los Alcázares haga pleito homenaje de no embarazar ni tomar bienes algunos del mayordomo, antes le ayudará para que les recaude enteramente en todo el término de Cármona: que dentro de los tres dias inmediatos ha de entregar el mayordomo el Alcázar de la Reina á Gonzalo Yañez de Godoy, veinticuatro de Córdova, con la condicion de que siéndole entregado dentro de otros tres dias la fortaleza de Santaella, entregue realmente el

dicho Alcázar á D. García Lopez de Padilla, quien lo haya de mantener por espacio de 25 dias, en cuyo término pueda sacar el mayordomo todos sus bienes, armas y pertrechos de guerra del Alcázar, que se entregará despues á la persona que S S. A. A. señalaren; y en caso que la fortaleza de Santaella no fuese entregada dentro del término señalado á Gonzalo de Godoy, habrá este de entregar y restituir el Alcázar de la Reina al mayordomo: que despues de la entrega de Santaella hayan de pasar quince dias completos, hasta que el mayordomo tenga obligacion de entregar al Clavero el Alcázar del Rey, que mantendrá el dicho Clavero en custodia, por término de veinte dias, para que en este tiempo pueda sacar libremente el mayordomo todos sus bienes, quedando en el Alcázar dos ó tres personas de su satisfaccion, sobre lo cual ha de hacer pleito homenaje el Clavero; y que pasado este término ha de entregar realmente el Alcázar á la persona que S. S. A. A. señalaren, tomando el Clavero testimonio que ha de mostrar y entregar al mayordomo, para que Gonzalo de Godoy en virtud de él le entregue la fortaleza de Santaella: y si el Clavero no entregare el Alcázar Real à S. S. A. A. Gonzalo de Godoy entregue la fortaleza de Santaella á los Reyes, ó á la persona qué señalaren: que los dichos Clavero y Gonzalo de Godoy hagan pleito homenaje á los Reyes y al mayordomo de cumplir todo lo capitulado: que por cuanto la fortaleza de Santaella es de la ciudad de Córdova, que puede reclamar, hagan S. S. A. A. que D. Alonso de Cárdenas, Maestre de Santiago, D. Rodrigo Tellez Giron, Maestre de Calatrava, y D. Rodrigo Ponce de Leon, Marqués de Cádiz, salgan á la seguridad, manteniendo al mayordomo y á su hijo en la Tenencia de dicha villa con todas sus fuerzas, haciendo juramento y pleito homenage sobre ello, como tambien

sobre la seguridad y manutencion del castillo de Alhonós contra la ciudad de Écija y sobre la manutencion de la Encomienda de Estepa.

Todas estas condiciones tan ventajosas á un vasallo que pactaba con sus Reyes naturales, fundadas en la demasia libertad de aquellos tiempos, juraron no solamente los Grandes y personas referidas con los dos Maestres sino tambien S. S. A. A. haciendo pleito homenaje sobre su cumplimiento en manos del Maestre de Calatrava D. Rodrigo Tellez Giron, en Sevilla en 1.° de Abril de 1478, cuya escritura está refrendada del secretario Fernando Álvarez de Toledo. De este modo entregó el mayordomo los Alcázares de Carmona; prosiguió despues sirviendo á S.S.A. A. consumo valor y constancia en toda la conquista del Reino de Granada, donde apenas se conquistó plaza en que no se viese muy sabresaliente su valor, siendo uno de los principales conquistadores de aquel belicoso Reino: ni fué de menor momento su asistencia en la prision del Rey de Granada, en cuya gloriosa batalla concurrió sobreviniendo con las gentes de Santaella, y con su hijo Juan Perez de Godoy, Comendador de Estepa, los cuales en el mayor conflicto de la batalla acometieron por un costado al ejército Granadino, causando en él no pequeña turbacion, porque al mismo tiempo embistió por el otro costado Lorenzo de Parias, con algunas gentes del Señor de Luque, que llegaban de refresco.

Antes de estos tiempos, cuando las ciudades de Úheda y Baeza ardian en parcialidades, concurrió con otror caballeros Luis de Godoy, siendo Comendador de Almodóvar del Campo, contra los Cuevas y Viedmas de Úbeda en favor de Diego Sanchez de Carvajal, señor de Jodas y de los caballeros Molinas, que seguian el partido de D. Pedro Giron, Maestre de Calatrava. Este habiendo echa

TOMO VIII.

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do de la ciudad à D. Juan Perez de Valenzuela, Prior de San Juan en Castilla, puso por Alcaide de Úbeda al señor de Jodar, de que se siguieron sangrientas revoluciones entre los bandos mas poderosos de Úbeda, sustentados de grandes señores. En una de estas invasiones robó el Comendador Luis de Godoy una señora principal de Úbeda, llamada doña Argenta Fernandez de Viedma, hija legítima de Juan Fernandez de Viedma, y de su mujer doña Catalina Alfonso de Pedrosa, cuya filiacion consta Por el testamento de sus padres: llevóla á su Encomienda de Almodóvar, donde procreó en ella cuatro hijos que despues legitimó, no solo por cédulas reales, sino tambien por Bulas de su Santidad.

Fueron estos hijos: 1. Juan Perez de Godoy, caballero del Órden de Santiago, Comendador de Estepa, Veinticuatro de Córdova, Alcaide de Santaella, en quien su padre fundó el mayorazgo del castillo de Alhonós, de un Juro en la villa de Carmona, de la huerta del Rey' con sus tintes en Córdova, de la huerta, tierras y dehesa de la Barquera, del heredamiento de Villar Gallegos, con todas sus casas, tierras y olivares en Santaella, y de las Haceñas del Infante, sitas debajo del puente mayor de Córdova, con obligacion de pagar cierto tributo á la mesa magistral de Calatrava. Casó este caballero con doña Sancha Ponce de Leon, hija de D. Juan Ponce de Leon, segundo Conde de Arcos, señor de Marchena, y doña Catalina Gonzalez de Oviedo, doncella noble, natural de Marchena. Nacieron de esta union Luis de Godoy, de quien proceden por mayoría de hembras los Marqueses de Ascalonias, que gozan hoy el Mayorazgo litigado de Villar Gallegos, los Marqueses del Villar, y otros caballeros sus dependientes; Francisco Muñiz de Godoy, de cuya sucesion nada nos consta; Diego Muñiz de Godoy, que casando en Marchena

con doňa Bernardina Ponce de Leon, su parienta, fundó la linea de los Godoyes de Indias; Lope Ponce de Leon, de quien descienden los Condes de Valdelagruna, los de Villanueva de Cárdenas, y otros caballeros; Beltran de de Godoy, valeroso Capitan del Emperador Cárlos V; doña Catalina Ponce de Leon, mujer de Gomez de Aguayo, señor de los Cortijos de Aguayo y Malabriego, progenitor de los Marqueses de la Granja, doña Francisca Ponce de Leon, mujer de Alfonso Fernandez de Argote, señor del mayorazgo de Herrera de los Palacios, Veinticuatro de Córdova, progenitores por mayoría de los Vizcondes de Miranda, de los Condes de Gavia, de los Marqueses de Espinardo, de los de Villaseca, de los señores de Villaharta, de las casas de D. José de Guzman, de los señores de Almodóvar y la Reina, y por varonía legítima de la casa de D. Pedro Fernandez de Argote y Aguayo, en San Juan; doña Beatriz Ponce de Leon, que casó con Gomez de Zayas, caballero de Ecija; Doña Constancia, doña Florencia, monjas ambas en Santa Inés de Córdova; doña Sancha, monja de Santa Clara en Marchena, doña María de Godoy, y doña María Ponce de Leon, de cuyos estados nada sabemos: 2.° doña María Muñiz de Godoy, mujer de Gonzalo Lopez de Hoces, llamado el Santo, señor de Casas Tejadas, hijo de Andrés Gonzalez de Hoces y de su mujer doña Francisca de Angulo, de cuya union proceden los caballeros Hoces de San Andrés, y los Marqueses de la Granja en Sevilla: 3° doña Leonor Yañez de Godoy, mujer de Pedro Fernandez de Carcamo, Veinticuatro de Córdova: 4.° doña Teresa Muñiz de Godoy, mujer de Luis Fernandez de Pernia, valiente Alcaide de Osuna, de cuya union por la casa de Góngora, descienden los Marqueses de Cabriñana y Villa-Caños.

Los hijos que se siguen fueron procreados en otra

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