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do, osse prender, ni prenda á vos el dicho Bartolomé Yañez de Villamil, é à vuestros fijos, descendientes legítimos é naturales de cualquier estado é condicion que sean, é á los que de ellos vinieren é descendieren, para siempre jamás, por ningun caso, fecho ó pleito, que les acontezca, é por cualquier delito, no siendo contra nos, que nos así lo mandamos, queremos é tenemos por bien. Ee otrosí, que de la casa donde al presente viviedes é morades, é vivieren ó moraren de aquí adelante vuestros fijos, é mas descendientes, para siempre jamás, como dicho es, siendo una sola, é no mas, non se puede sacar, nin saque ningun home, é mujer, nin persona, de cualquier calidad, é estado que sea, que á ella se acogiere, aunque sea por muerte de home, ó por otra cualquier razon, si non que la dicha vuestra casa sea segura de cualquier Justicia, que en ella non pueda entrar, si non fuere por delito fecho contra la fé, del señor Dios é contra nos, que nos ansi lo queremos, é tenemos por bien, é mandamos por esta nuestra carta, é privilegio Real al Merino, Alcalde, Juez, ó Justicia que al presente fuere, en el lugar donde viviéredes, ó lo fuer de aquí adelante en otra cualquier parte de mis Reinos é Señorios, que ansi lo guarden, é cumplan, segun de suso. É nos viendo allende, ca es cosa edonia, que aquellas cosas, que de los Reyes é Emperadores son dadas, sean firmes, é robradas, porque por alongamiento de tiempo non sean olvidados, queremos que esta merced, que vos facemos, sea firme, é para siempre valedera. É si alguna persona eclesiástica ó seglar, de cualquier estado é condicion que sea, vos la menguare, ó quebrantare, descomulgado muera, como Judas el traidor, é con Datan é Aviron, los cuales sufren grandes penas en el Infierno, sean metidos é atormentados, é so

bre esto pechen á la merced del Rey, é al descendiente vuestro, á quien quebrantase la merced dicha, ducientas - libras de oro, é esta carta queda siempre firme, segun en ella se contiene. Fecha esta carta en Salamanca á ocho dias de Julio, era de mil é ciento é sesenta é ocho años. Mandola dar el sobredicho D. Alfonso, Emperador de Toledo, de Zaragoza, de Navarra, de Castilla. É yo D. Alfonso Emperador, mandé hacer esta carta en el año sexto de mi imperio, en uno con mi mujer doña Verenguela confirmo, é con mi mano propia la roblo: é de esto son tes-tigos Diego Nuñez, mayordomo del Emperador de España, D. Pedro, Obispo de Segovia, lo confirmo. D. Verenguel, Obispo de Salamanca, lo confirmo. D. Bernal, Obispo de Zamora, lo confirmo. Garci Fernandez, lo confirmo. Rodrigo Fernandez lo confirmo. El conde Ossorio, lo confirmo.

Este instrumento fué expedido en lengua latina, segun la costumbre de aquel tiempo, y despues con la ocasion de confirmarle, se copió en esta lengua vulgar, como ya veremos. Tuvo Bartolomé Yañez de Villamil diferentes fiijos, de los cuales solo dos conservan memoria, y estos fueron Felix Yañez, y Bartolomé Yañez, que sigue la linea. Felix Yañez no nos dejó otra memoria, que la que hace de él el citado privilegio, refiriendo su gloriosa muerte en la guerra contra moros.

Bartolomé Yañez de Villamil, sucedió à su padre en la posesion del solar y bienes de esta casa, y no menos en la propension à la guerra contra infieles y servicios à la Corona. Este caballero dejó por hijo y sucesor å

Bartolomé Yañez de Villamil, señor de esta casa: la certeza de estas filiaciones se acredita por el instrumento de fundacion de una Capellania, que este caballero otorgó en la era de 1242, que es año de 1204, cuyo instrumento

entre otras cláusulas, dice: De aquí es. que yo Bartolomé Yañez de Villamil, oyendo y creyendo esto. Y pasa despues á decir, que los sufragios, que allí se hicieren, sirvan por su alma, y tambien por la de mi padre Bartolomé Yañez de Villamil y por la de mi abuelo Bartolomé Yañez de Villamil, óptimos varones. Lo que acredita sin disputa las filiaciones, que llevamos expresadas. Fué este caballero Conde ó Gobernador de aquella tierra, y sirvió mucho á los Reyes D. Fernando II de Leon, y D. Alonso VIII de Castilla, con quien se halló el año de 1212 en la memorable batalla de las Navas, como uno y otro lo acreditan diferentes instrumentos y memorias de esta casa. Fué casado con Sivila Raymondo, hija de Juan Fernandez Raymondo, señor de esta antigua ilustre casa, y de este matrimonio no sabemos que tuviese mas hijo, que á

Bartolomé Yañez de Villamil, cuya filiacion se asegura con una cláusula del instrumento de fundacion de dicha Capellania, pues disponiendo el padre de este Bartolomé, el órden de suceder en ella, dice: Y si Bartolomé mi nieto, ó su hermano Alfonso Álrarez de Villamil, hijos de mi hijo Bartolomé Yañez de Villamil, llegaren á el órden Presbiteral, etc. Y prosigue nombrándolos alternativamente para suceder en la Capellanía, y para despues de sus dias deja el Patronato de ella al que fuere señor de la casa, torre y solar de Villamil. Por este instrumento sabemos que Bartolomé Yañez de Villamil, dejó por hijo y sucesor á

Bartolomé Yañez de Villamil. Este caballero casó, segun afirman diferentes memorias de esta casa con doña Ucenda Rodriguez de Asturias, hija de D. Rodrigo Ál– varez de Asturias, señor de este solar, y Torre de Nava, y de su mujer doña Ucenda Diaz de Velasco, y de este

matrimonio tuvo los dos hijos, que constan del instrumento arriba citado, y fueron Bartolomé y Alfonso; el Bartolomé se inclinó al estado eclesiástico, y disfrutó la Capellania y renta que le habia dejado su abuelo, y así heredó la casa y bienes á ella pertenecientes, su hermano segundo.

Alonso Álvarez de Villamil, el cual usó del patronimico Álvarez en contemplacion de su abuelo materno y para memoria de la descendencia que tenia de la ilustre casa de Asturias y Nava. Fué este caballero señor de la casa, torre y solar de Villamil y casó con doña María. de Hévia, hija de esta ilustre casa en Asturias, cuyo origen y antigüedad es tradicion que dimana de uno de aquellos héroes que acompañaron al Rey D. Pelayo en sus primeras conquistas, y que este Prócer defendió á los moros el paso del rio Hévia, que es uno de los que circundan la montaña de Aureba, junto à Covadonga, de cuyo suceso procedió esta denominacion á sus descendientes; pero lo que nos aseguran las historias es, que en tiempo del Emperador D. Alonso el VII fue muy señalado caballero el Conde D. Lope de Hévia, ascendiente de esta familia, quien despues sirvió al Rey D. Alonso VIII, hallándose en el cerco de Zurita, y por sus hazañas le concedió el Rey pendon y caldera, insignias de la dignidad de Rico-home, con las cuales adornaron el Escudo de sus armas sus descendientes, y ya en tiempo del Rey D. Ramiro II era Obispo de Oviedo D. Diego, hijo de esta casa de Hévia. Tuvieron Alonso Álvarez, y su mujer doña Maria de Hévia diferentes hijos, que sirvieron con mucho valor en las guerras de su tiempo; los que importan á la sucesion que seguimos fueron Gonzalo Álvarez, por quien se continuó esta linea, y Juan Álvarez, que fundó nueva casa y solar en el lugar de Acevedo

de la misma parroquia de Serantes, dejando esta denominacion y apellido à sus descendientes; y aunque en Galicia se halla otro solar de la denominacion de Acevedo, del cual descienden los condes de Monte-Rey, y otros muchos nobles, no es menos ilustre y conocido en Asturias, de que vamos hablando, y del que es poseedor D. Gaspar de Acevedo y Taboada, como descendiente por línea recta de varon de su fundador Juan Álvarez Villamil de Acevedo, segun que de su línea haremos expresion en mas oportuno lugar.

Gonzalo Álvarez de Villamil, como primogenito fué señor de la casa, torre, y solar de Villamil; fué asimismo caballero de la órden de Santiago; vivió en tiempo de los Reyes D. Fernando IV y D. Alonso XI, á quienes sirvió, y casó con doña Elvira Sanchez, cuya ascendiencia ignoramos, y de este matrimonio tuvo por hijo á

Fernando Álvarez de Villamil, señor de esta casa; caballero de la órden de Santiago, quien sirvió mucho al Rey D. Alonso XI, y este monarca le confirmó el privilegio que el emperador D. Alonso el VII habia concedido á su sesto abuelo Bartolomé Yañez de Villamil, usando de clásulas tan honoríficas, como del privilegio de confirmacion se reconocen, y es del siguiente tenor. D. Alfonso, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Toledo, de Leon, de Galicia, de Sevilla, de Córdoba, de Murcia, de Jaen, del Algarbe, señor de Molina, en uno con la Reina doña María, mi mujer, é con nuestro fijo el Infante D. Pedro, primero heredero, viemos un privilegio del Emperador, escrito en pergamino de cuero, y fecho en esta guisa. Aquí está á la letra el Privilegio del señor Emperador D. Alonso el VII, segun le dejamos copiado en el ascendiente de esta línea, y fenecido él, prosigue: É nos el sobredicho Rey D. Alonso acatando, que las

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