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Dávila, tercer Marqués de Velada y primero de San Roman, visabuelos de doña Ana de Guzman Dávila y Ossorio, Marquesa de Astorga, Velada, San Roman, etc. que quedó viuda en 1724 y con sucesion de D. Antonio Gaspar Ossorio, Conde de Altamira, Losada y Monteagudo, Duque de San Lucar la Mayor y Marqués de Leganés, etc.; segundo, D. Diego Ossorio, primer señor de Villacis, Cervantes y su tierra, que sigue; tercero, D. Pedro Ossorio, que casó con doña Urraca Moscoso, segunda Condesa de Altamira, á cuya casa dió la varonía de Ossorio, que permaneció en D. Ventura Moscoso Fernandez de Córdoba, Conde de Altamira y señor de las grandes casas y estados que poseia su abuelo paterno D. Antonio Gaspar Ossorio y en que recayó por muerte de su padre D. Ventura Antonio, Conde de Altamira, que murió el año 1734, dejando por su hijo único y de doña Ventura Fernandez de Córdoba, hija y heredera de los Duques de Sesa, al dicho D. Ventura, Conde de Altamira é inmediato á ⚫ los estados de su referida abuela doña Ana de Guzman, Marquesa de Astorga; cuarto, D. Luis Ossorio, que ilevó el estado de Baldunquillo, de quien proceden sus Marqueses, unido al Condado de Miranda, y Duques de Peñaranda, quienes despues lo poseyeron; quinto, doña Constanza Ossorio, que casó con D. Gomez Suarez de Figueroa, segundo Conde de Feria; y sexto, doña Maria Ossorio, mujer de Gonzalo de Guzman, señor de Toral, de quien proceden los Marqueses de esta casa.

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Al referido D. Diego Ossorio, su padre, por testamento y codicilo citado de 9 de Junio de 1461, otorgado en Sahagun ante Francisco Gutierrez, notario público, mandó quinientos vasallos para que casase, como caso, con doña Inés de Guzman, hija de Alonso Perez de Vivero, Rico-home y Contador mayor de Castilla, y de doña

Inés de Guzman, progenitores de los Condes de FuenSaldaña y Vizcondes de Altamira; la cual doña Inés, viuda de Alonso Perez de Vivero, casó con el dicho Conde de Trastamara, D. Pedro Álvarez Ossorio, y tuvo el tí tulo de Duquesa de Villalba, y viuda de este, por escritura que otorgó en 4 de Julio de 1468 ante Juan Lopez, escribano en Villalba del Alcor, hizo donacion al dicho D. Diego Ossorio, su entenado y yerno, para que casase con dicha doña Inés de Vivero y Guzman, de la villa de Vecilla de Valderaduey. D. Álvar Perez Ossorio, primer Marqués de Astorga, Conde de Trastamara y de Villalobos, por escritura que otorgó en Castro-Verde en 5 de Enero de 1467 ante Álvar Diaz de Santalla, escribano Real, hizo donacion al dicho D. Diego Ossorio, su hermano, de las tierras de Cervantes, con su fortaleza, y Puebla tierra y valle de Neyra de Rey, cotos de Torio y Bacotela y de otros lugares, que expresa todo ello en satisfaccion y pago de los quinientos vasallos que el dicho Conde de Trastamara D. Pedro Álvarez Ossorio, su padre, le habia mandado, y dice que solo dona, cede y traspasa en el dicho D. Diego, su hermano, para que lo haya para sí y para sus herederos y sucesores, descendientes legítimos para siempre jamás, por titulo y con titulo de mayorazgo; y previene, que á falta de la sucesion del dicho su hermano, se vuelvan las dichas villas, tierras, cotos y lo demás que expresa, al poseedor y señor de la casa de Villalobos, sobre que hace llamamientos formales para el modo de suceder; y el dicho D. Diego Ossorio por instrumento separado y otorgado dicho dia 5 de Enero de 1467 ante el mismo escribano Álvar Diaz, aceptó y consintió dicha donacion y mayorazgo, segun y como el dicho Marqués de Astorga, su hermano, se la habia otorgado. El mismo D. Álvaro, Marqués de As

torga, dió à la dicha doña Inés de Guzman, su cuñada, los lugares de San Justo de los Oteros, Villafañe y Matadeon en equivalencia de la parte que tenia en Vecilla de Valderaduey, sobre que despachó su mandamiento, para que la tuviesen por su señora los vecinos de aquellos pueblos, dado en Astorga á 15 de Junio de 1469, refrendado de Pedro Sanchez de Portillo, su secretario. Y porque al tiempo que casó el referido D. Diego Ossorio con dicha doña Inés de Guzman, el mencionado D. Álvaro Perez Ossorio, Marqués de Astorga, ofreció á esta cierta cantidad, que no le pagó; y por otros derechos que tenia contra los bienes que gozaba el Marqués, muerto este, se convinieron el dicho D. Diego Ossorio y su mujer doña Inés de Guzman, con doña Leonor Enriquez, viuda del indicado Marqués D. Álvaro y con D. Luis Ossorio, Dean de Leon, tutores de D. Pedro Álvarez Ossorio, segundo Marqués de Astorga, y de sus hermanos menores, apartándose de sus pretensiones y derechos, por cuanto por ellos les dieron y cedieron la villa de Villamuñio; sobre lo que otorgaron escritura en la ciudad de Astorga en 21 de Agosto de 1471 ante Pedro Sanchez de Portillo, escribano de Cámara de S. M. y notario público. Dicha doña Inés de Guzman otorgó su testamento en Villacis á 14 de de Setiembre de 1515 ante Pedro de Medina, el cual fue abierto en la villa de Valderas á 19 de Agosto de 1519 ante Mancio de Valladolid; fundó mayorazgo del tercio y quinto de sus bienes en favor de D. Álvaro Ossorio, su hijo y sus descendientes, para el que señaló los lugares de Villamuñio y San Justo de los Oteros, Villafañe y Matadeon; y dejó por sus herederos al dicho D. Álvaro, su hijo, y á los hijos é hijas de doña Francisca Ossorio, su hija difunta.

D. Álvaro Perez Ossorio, hijo y sucesor de los dichos

D. Diego Ossorio y doña Inés de Vivero y Guzman, fué segundo señor del estado de Villacis y tierra de Cervantes; sirvió a los señores Reyes Católicos, y alcanzó el reinado del Emperador D. Carlos V, y fue uno de sus cuatro Mayordomos. Casó con doña María Ossorio, señora de la mitad de Vellice, hija de D. Diego Ossorio, señor de Vellice, que llamaron el chiquito y el del Páramo, y de doña Catalina de Córdoba, su mujer, hija de Ruy Diaz de Córdoba, y el D. Diego fué hermano de D. Lope Álvarez Ossorio, señor de las Regueras, y de D. Gonzalo Ossorio, primer señor de Mestages. Testó dicho D. Álvaro Perez Ossorio en la Villa de Villacis en 17 de Setiembre de 1536 ante Diego de Medina, y fué abierto en Valladolid en 17 de Setiembre de 1558 por ante Pedro Granada, escribano; y en el mismo dia habia otorgado codicilo ante dicho escribano Diego de Medina, y fué abierto, como dicho testamento en Valladolid, ante dicho Pedro de Granada, por baber sido tambien cerrado. Y por uno y otro instrumento,nombra á sus padres D. Diego Ossorio y doña Inés de Guzman, y á sus abuelos el Conde de Trastamara y doña Isabel de Rojas. Tambien nombra á su mujer é hijos y á D. Álvaro, su nieto, hijo de D. Pedro, su hijo, y hace mencion de los Mayorazgos de sus casas. Fueron hijos de los dichos D. Álvaro y doña Maria Ossorio, D. Pedro Álvarez Ossorio, que llevó la casa; doña María Ossorio, que casó con D. Felipe de Ocampo, padres de doña Juana, que casó con D. Juan Alonso Villan y Aragon, tercer Conde de Albayda; y doña Inės de Guzman, que casó con D. Juan Barba, señor del Estado de Castro-Fuerte, de quien proceden sus Marqueses y las ramas de esta casa.

D. Pedro Álvarez Ossorio fué tercer señor de Villacis y Cervantes en sucesion de su padre D. Álvar; casó

con doña Constanza Carrillo, hija del Comendador D. Antonio de Barrientos y de doňa Juana Carrillo, su mujer. Este caballero en 24 de Mayo de 1525 en la Chancillería de Valladolid puso demanda á su padre D. Álvaro sobre que tocándole despues de sus dias el mayorazgo de la casa y tierra de Cervantes con lo perteneciente á él, por ser Mayorazgo de D. Diego Ossorio, su abuelo; y asimismo el Mayorazgo, que habia fundado doña Inés de Guzman, su abuela, mujer que habia sido de dicho.D. Diego, de los lugares de Villamuñio, San Justo de los Oteros, Villafañe y Matadeon, sin causa ni razon que para ello tuviese el dicho su padre, se jactaba queria dejar los dichos mayorazgos á otro hijo menor, llamado D. Juan, sobre lo que se siguieron autos, y en ellos se dió sentencia, declarando por hijo primogenito del D. Álvaro al dicho D. Pedro, y por consiguiente su inmediato sucesor en dichos mayorazgos ; declarando por ninguno y de ningun valor ni efecto el mayorazgo que el dicho D. Álvaro habia hecho en D. Juan, su hijo, sobre lo que por el Real Consejo donde vino apelado este pleito por auto de 5 de Enero de 1556, se mandó despachar Real ejecutoria, como con efecto se despachó, refrendada de Alonso de la Peña, escribano de Cámara. Despues de lo cual dicho D. Pedro Álvarez Ossorio y su hijo D. Álvaro estando en Villamuñio, dia 5 de Mayo de 1542, por ante Mancio Tirso, escribano de S. M. otorgaron escritura de transaccion sobre la particion de los bienes de D. Álvaro Perez Ossorio, padre del dicho D. Pedro y abuelo del D. Álvaro, y sobre el mayorazgo que habia fundado dicho D. Álvaro, padre y abuelo respectivo de los otorgantes, por su citado testamento, que fué abierto el

año 1548.

D. Álvaro Perez Ossorio, cuarto señor de Villacis,

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