Imágenes de página
PDF
ePub

Reus, en el principado de Cataluña, me ha sido hecha relacion de la antigüedad de vuestra familia en dicho Principado, con casa solariega que mantiene el apellido de Bofarull desde muchos siglos, la distincion de vuestros ascendien tes, la persecucion de dicha vuestra casa en tiempo de las turbaciones pasadas de dicho Principado, habién dola saqueado y muerto violentamente à vuestro padre D. Pedro Bofarull por su lealtad y defensa de mis Reales armas, la estimacion, decencia y lustre con que se ha mantenido por sus operaciones, habiendo obtenido vos los oficios de Baile y Regidor de dicha villa de Reus y del castillo de Mascalbó, y el mérito que habeis hecho de veinte años á esta parte en el empleo de Subdelegado de Marina del partido de dicha villa de Reus y puerto de Salou, y el que astais actualmente continuando en él, y el desembolso que anticipasteis de mas de diez mil libras para la construccion que en el año de mil setecientos sesenta y dos mandé á los matriculados edificasen en el citado puerto una Iglesia y casa para recojerse en ella los efectos correspondientes al embarco y desembarco, para asilo contra las inclemencias del tiempo y de la mar, por no haber en aquel despoblado donde oir misa, lo que redunda en utilidad y ventaja de mi Real servicio y fomento de la matrícula y comercio, de modo que sin ellos no se hubiera podido proporcionar la espedicion que se facilitó del embarco de los regulares espulsados de dicho Principado, y el reparto de las provisiones para ella de que fuisteis encargado vos el referido D. Joseph Bofarull y Gabaldá, á que añadis el mérito de varias comisiones de mi Real hacienda, que habeis desempeñado además de otros servicios hechos al público, en que habeis acreditado vuestro celo y amor patricio, y últimamente, al que están continuando vuestros dos hijos, don

Gabriel, de Oficial de la Contaduría del ejército y Reino de Mallorca, y D. Casimiro, de Capitan de infanferia. En cuya atencion me suplicasteis fuese servido concederos á vos el nominado D. Joseph Bofarull y Gabaldá para vos, vuestros hijos y descendientes por línea recta masculina, la gracia y privilegio de noble de el mi Principado de Cataluña, ó como la mi merced fuese. Visto en el mi Consejo de la cámara con lo informado por la Real Audiencia de dicho Pricipado y lo que espuso mi Fiscal, siendo justo que mis vasallos beneméritos esperimenten los premios y honores de que han procurado hacerse dignos por sus merecimientos. Por resolucion á consulta del mi Consejo de la cámara de veinte y cuatro de Abril de mil setecientos setenta y uno, fuí servido concederos y condecoraros á vos D. Joseph Bofarull, vuestros hijos de ambos sexos, nacidos y que nacerán y á toda la posteridad de ellos, descendientes de vos por linea recta masculina, con el honor, privilegio y titulo de noble del dicho mi Principado de Cataluña, Por tanto en virtud del presente mi Real despacho, firmemente valedero en todos tiempos de mi cierta y Real autoridad de que en esta parte quiero usar y uso como Rey y señor natural no reconociente superior en lo temporal, os condecoro à vos D. Joseph Bofarull y Gabaldá, à vuestros hijos de ambos sexos y á toda la posteridad de ellos descendientes de vos por linea recta masculina, con el titulo de Noble, y á vos y á ellos os hago Nobles y quiero y es mi voluntad que todas y cualesquier persona de cualquier dignidad, estado, grado, calidad ó condicion que sean, os hagan, tengan, reputen y traten, haber, tener, reputar y tratar hagan por Nobles, así en juicio como fuera de él, en las cosas espirituales y temporales, sagradas y profanas, y á todas y cualesquier ejercicio y actos,

aunque sean tales que requieran hacerse mencion de ellas. en el presente mi Real despacho. Y finalmente, que useis y goceis y podais usar y gozar de todos los honores, dignidades, oficios, derechos, libertades, insignias, privilegios y gracias de que los otros Nobles y de noble prosapia en el referido mi Principado de Cataluña y Condados de Rosellon y Cerdeña, gozar pueden y deben gozar en cuanto no se oponga á lo resuelto en el nuevo Gobierno de mi Principado de Cataluña. Queriendo, resolviendo y mandando espresamente, así en mi nombre como en el de mis sucesores y herederos, que vos y vuestros hijos de ambos sexos y toda la posteridad vuestra, descendientes de vos de grado en grado por línea rectal masculina como ase dicho goceis y useis del referido titulo de Noble, tanto en llevar el escudo y blason de las armas de que usais, como en el goce de todos y cualquier privilegios que por mis concesiones ó de mis antecesores de costumbre ó en otra forma competen al titulo de Noble, y como generalmente están concedidos á los otros Nobles de dicho mi Principado, en cuanto no se oponga á lo resuelto en el nuevo Gobierno de él, como va referido. Y en su consecuencia, encargo al Príncipe D. Cárlos, mi muy caro y amado hijo, á los Infantes, Duques, Marqueses, Condes, Ricos-hombres, Priores de las Ordenes, Comendadores, Subcomendadores, Alcaldes de los castillos y casas fuertes y llanas, á los del mismo Consejo, Presidentes y Oidores de las mis Audiencias. y Chancillerías, Alcaldes, Alguaciles de la mi Casa y Córte y Chancillerías, y á los Corregidores, Asistentes, Gobernadores, Alguaciles, Regidores, Caballeros, Escuderos, Oficiales y Hombres-buenos de las ciudades, villas y lugares de mis Reinos y Señoríos, y particularmente al Gobernador, Capitan general, Comandante general, Re

gente y Audiencia del mi Principado de Cataluña, y á otras cualesquier persona de mis súbditos, naturales y vasallos de cualquier estado, grado, calidad, preeminencia ó condicion que sean, y á cada uno de ellos, so incurrir en las penas á mi arbitrio y de mis herederos y sucesores reservados. Que la presente mi gracia y merced de titulo de Noble y todo lo que aqui contenido á favor de vos D. Joseph Bofarull y Gabaldá, y de vuestros descendientes por linea recta masculina, guarden, cumplan y observen, guardar, cumplir y observar hagan, que en ello ni en parte de ello, contradiccion, embarazo ni impedimento alguno, no os opongan ni consientan poner, que así es mi voluntad. Y de este Despacho se ha de tomar razon en las Contadurías generales de Valores y Distribucion de mi Real Hacienda, dentro de dos meses, contados desde su fecha, espresando la de Valores haberse pagado ó quedar asegurado el derecho de la media anata, con declaracion de lo que importare, sin cuya formalidad mando sea de ningun valor y no se admita ni tenga cumplimiento esta merced en los Tribunales, dentro y fuera de la Córte. Dado en el Pardo á trece de Febrero de mil setecientos setenta y cuatro.-Yo el Rey. Yo D. Tomás del Mello, Secretario del Rey Nuestro Señor, lo hice escribir por su mandado.-Registrado.-D. Nicolás Verdugo, Teniente de Canciller mayor: D. Nicolás Verdugo: D. Miguel María Nava y Carreño: D. Andrés Mazaver y Vera: D. Pedro Rodriguez Campo

manes.

Tambien es rama de esta casa el Sr. D. José Cossio y Boufarull, propietario y vecino de Jerez de la Fron

tera.

FERNANDEZ DE CORDOBA

VARIAS son las opiniones de los autores sobre el origen de esta nobilisima casa. Segun el comun sentir de los principales genealogistas, esta familia reconoce por tronco á D. Menendo, Conde señor del estado de Trastamara, por los años 840, en el reinado de D. Alonso el Casto, que casó con doña Juana Romaez, hija del Conde D. Roman, nieto del Rey D. Fruela, primero del nombre, de cuya union fué hijo sucesor

El Conde D. Fruela Mendez, señor de Trastamara, hermano entero de doña Elvira Mendez, Reina de Asturias, madre de D. Alfonso V. Casó este Principe con doña Grigenera, hija del Conde D. Alvaro Ordoñez, Ayo y Mayordomo mayor del sobredicho Rey D. Alonso, nieta del Conde D. Ordoño Ordoñez, señor de Lemos, y de doña Urraca García de Aza, su mujer. Fué su hijo

El Conde D. Veremundo Fruelaz, señor de Trastamara, que contrajo matrimonio con doña Aldonza Ruiz de Monterroso, hija del Conde D. Rodrigo Ramirez de Monterroso y de la Condesa doña Emilia, su mujer. Fué su hijo sucesor

El Conde D. Fruela Veremundez, señor de Trastamara y del castillo de Trava, gran caballero en tiempo, del Rey D. Sancho el Craso, el cual en el año de 968 venció al Conde D. Gonzalo, que habia dado muerte á D. Sancho y se habia levantado con muchas gentes armadas. En el año 997 se halló en la famosa batalla de Ca

« AnteriorContinuar »