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,,cho á la Reyna, para que hiciese mer,,ced de la villa y fortaleza de Mon,, talvan al Condestable Don Alvaro ,, de Luna. E como quiera que de ello ,, le pesó mucho; porque esta villa ,,y castillo habia ella heredado de la Reyna Doña Leonor de Aragon su madre tantas veces ge lo rogó, que ,, al fin la Reyna lo ovo de otorgar, ,, é el Rey dio á la Reyna en enmien,, da de esto las tercias de la villa de ,, Arévalo." Esto que dice un autor tan verdadero y calificado como Hernan Perez de Guzman, llamaron raposerias, ó zorrerias los enemigos del Maestre. De aqui se entenderá clara mente su intencion en los demás en carecimientos.

El ultimo delito que especificaron fué el de las tercias del Obispado de Osma y de otros lugares, que hubo el Maestre contra la voluntad del Papa. Estas tercias dió la Santa Silla Apostólica al Maestre en remuneracion de muchos servicios, que le hizo en las guerras contra Moros y en otras ocasiones. Otras muchas gracias como esta ha hecho á diversas personas, que lo han merecido: á unos de diezmos, á otros de indultos, para proveer beneficios, dignidades y canonicatos en los meses apostólicos, y otras. Si ésta fucse causa bastante para cortar cabezas, muchas se podrian cortar en estos Reynos, y en los estraños. Terrible arrojamiento es decir del Sumo Pontífice, Vicario general de JesuChristo nuestro Señor, ni de nadie, que cosa tan grave como dar diezmos, la hace contra su voluntad.

Debieran tener revelacion los que lo dixeron; pues sin ella no pudieron saber la voluntad del Papa, ni juzgarsela. Pues ni aún la Iglesia juzga de lo oculto, como es el pecho de qualquier hombre particular. No se le descubriria el Papa, ni es verisimil, y sería mucho decir decillo. Pues cómo

I Cap. ad Titum.

lo supieron? y sino lo supieron, ¿ cómo lo publicaron? En tanto es cierto que los Sumos Pontífices no hacen contra su voluntad, que lo que ordenan y mandan para el buen gobierno de la Santa Iglesia Católica, si bien es por aviso y á instancia de personas zelosas del servicio de Dios dicen lo hacen por su propia voluntad, no persuadidos, Razon porque algunas leyes Eclesiasticas son llamadas motus proprias. Mas se pudiera adelantar este justo sentimiento.

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Estos tres delitos son los mas graves que se publicaron, y especificaron contra el Maestre: y no siendo ninguno de ellos digno de muerte, se podrá juzgar quales fueron los que callaron. Pareceme se puede decir de los enemigos del Maestre, y de sus asesores, lo que dixo San Pablo de los que no entienden de lo que hablan, ni de lo que afirman: Conversi sunt in vaniloquium, violentes fieri legis Doc

tores.

Tambien si el Consejo tuviera noticia de lo que se trataba contra el Maestre, sin dubda es, le suplicára al Rey le guardára el Seguro, que le habia enviado firmado con Ruy Diaz de Mendoza Prestamero mayor de Vizca ya, y con Perafan de Ribera Adelantado de Andalucia. Que le corria muy grande obligacion de advertille, quanto importaba á su servicio guardar su fé y palabra Real.

El Rey estaba en Burgos, quando el Maestre se dió á prision. Desde alli se vino á Escalona para entregarse de ella, y de la hacienda que se le dixo habia en esta villa. Desconfiando tomarla, fué consejado por razon de estado, de las de Neron contra muchos que mató, matase al Maestre. Vinose á Fuensalida, y de la noche á la mañana los enemigos del Maestre en una sala baxa de Palacio, en estrados negros pronunciaron la sentencia. Cierto Ooo

es

es que no estaba alli el Consejo, ni lo supo. Alguno sí estuvo, capital enemigo del Maestre: y tambien el Doc tor Juan Rodriguez Señor de Babilafuente, que se hubo, como habemos dicho. Los demás ni estuvieron presentes, ni ausentes lo pudieron saber. Vivo es el proceso, y guardado está ori

ginal en Valladolid en la libreria de Don Diego Sarmiento de Acuña Conde de Gondomar, del Consejo de Estado. Alli le han visto muchos, y entre ellos Don Garcia de Loaysa Giron Arzobispo de Toledo, Primado de las Españas, y dixo lo que decimos.

PARRAFO ULTIMO.

ACABA LA DEFENSA DE DON ALVARO

Es

DE

Sto me ha parecido advertir en el cuento de Don Alvaro de Luna, por diferentes razones y entre ellas, en primero lugar, por la verdad de su Historia, , y para que se entienda, sin irme en ello parentesco, ni otro respeto. En el segundo, en gracia de sus descendientes, ó que tuvieren sangre de su Luna blanca. A buena cuenta son en España, en Italia y otras partes mas de ciento y setenta casas de Potentados, Grandes, Títulos y caballeros de mucha suerte los interesados en este negocio. El primero es el del Infantado; porque el segundo Duque Don Iñigo Lopez de Mendo za casó, como se dixo, con Doña Maria de Luna, hija y succesora legítima, y universal heredera en todas las rentas y bienes del Maestre, Condestable de Castilla. Anda junta esta gran casa con una de las que fundó el Obis po: razon entre las demás que dimos, el estar tan travadas estas parentelas, para poner aqui este suceso.

Buen exemplo tienen los Príncipes en Don Alvaro, para no enriquecer demasiadamente á sus privados. Causa esto mucho aborrecimiento y envidia, contra la qual no son poderosas todas las riquezas, como dixo Ciceron: Multorum odiis nulla opes possunt

I Lib. 2. Offic.

2 Leg. Ut gradatim. ff. De muner. &

LUNA.

resistere. Lo mesmo le pasó al buen Condestable Don Ruy Lopez Davalos, inmediato antecesor en la Condestablia de Don Alvaro. De entrambos, como lo advierte Juan de Mariana, se ha dicho y escrito, que ha dicho y escrito, que los destruyeron sus riquezas.

Han de sublimar y hacer mercedes los Príncipes á sus privados poco á poco, y moderadamente; porque lo moderado es durable. No de golpe, á prisa ni de tropel. No desproporcionadas, sino medidas con los merecimientos. Porque lo contrario, demás que causaria espanto, sería violento, y por eso no perpetuo. No se arrojen; porque quien de presto se determina, de espacio se arrepiente. Llegada la hora de arrepentirse de habellos remunerado y escogido, que suele llegar muchas veces, y por conocer los malos subjetos que escogieron, se hallarán muy embarazados en lo que hubieren hecho, y hubieren de hacer, para deshacerse y salir de ellos. Suele esto serles muy costoso y penoso, y en perjuicio de los benemeritos, á quien se quita lo que se dá á los otros, para acomodallos. Los premios, las honras, las dignidades y los oficios, se han de dar por sus grados y escalones, como dice el consulto Modestino. Asi lo de

honor.

cia

sia y hacia el buen Rey Católico Don Felipe II. que si bien tuvo muchos privados en diferentes tiempos, á niaguno enriqueció, ni acrecentó de manera,que fuese con exceso reprehensible, ni murmurado. Estuvo muy escarmentado el Rey del suceso de Don Fr. Bartolomé de Carranza y de Miranda, á quien sacó desde su celda para Arzobispo de Toledo, Primado de las Españas. Solia decir á este propósito ,,Si yo hubiera presentado á Fr. Bar,, tolomé para una Iglesia pequeña, y ,, de alli para otra mediana, y despues ,, para otra mayor, y de ésta para la ,, de Toledo, por ventura no fuera en ,, vidiado, ni perseguido; porque viendo que medraba por sus pasos contados, no se acordáran de él sus ,, enemigos, ni les irritára velle en aque ,, lla altura tan repentina."

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El Rey Don Alonso de Aragon y de Nápoles, el Magnánimo, yendo camino repartió entre los cuervos un gran pedazo de carne. El cuervo que llevó mayor parte no volvió mas, los que llevaron poco le siguieron todo su viage. Asi, dixo, han de hacer los Reyes, dando por tasa, y con mode

racion.

Tambien los privados se cansan de servir, viendo que se les ha dado, y que no hay mas que dalles: y lo mesmo acontece á los Príncipes. Diganlo Mecenas con Augusto Cesar, y Crys

I Pro Lucio Flaco.

mo,

po Salustio con Tyberio. Llegados á este estremo inventan los Príncipes nuevos ministerios, crian nuevos oficios y dignidades, con que honran á sus privados. El Rey Don Alonso el ultihabiendo muchos años que no habia, ni convenia que hubiese Condes en estos Reynos, introduxo y renovó esta dignidad, y la dió á Don Alvar Nuñez Osorio Señor de Cabrera, Conde de Trastamár, de Lemos y de Sárria, de quien yá hicimos mencion á otro propósito.

Pues qué si los Ministros y privados son de humilde linage. Demás que á pocas bueltas muestran en sus obras el origen de donde vienen, son fáciles de seguir sus apetitos, de qualquier manera que sean; por no tener valor para advertillos : daño lleno de circunstancias peligrosas. Siempre deben los Príncipes servirse de hombres nobles, y de claro nacimiento. Porque el que desciende de tal gente, huye de hacer cosas indignas de quien es, acordandose de la gloria de sus mayores. Pero sino saliesen tan acertados como conviene, escusados estarán los que los eligieron con Dios y con el Mundo, en haber hecho eleccion de hombres, mas obligados por su sangre á ser mas virtuosos, que otros. No mas de Don Alvaro; porque Non omnia quæ dolemus, eadem jure quæri possumus, como dixo Ciceron. i

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hacerse Maestre, y que él no lo habia estimado. Todo lo expuesto acredita que el Condestable supo quanto pasaba acerca de esta solicitud, y que él contribuyó á facilitarla.

Pero de que la supiese, ó él preten diese aquella dignidad no se podia sa car argumento contra su conducta. Consta que la queria el Almirante, y el medio de que se valió, para conseguirla, interesando á su favor á la Reyna de Navarra. Asimismo consta, que el Bachiller avisó á Don Juan Pacheco (epist. 93.) el fallecimiento del Infante Don Enrique luego que lo supo, para que por medio del Príncipe la solicitase para sí. Y no se puede formar acusacion contra el Condestable de haber hecho lo mismo que el Almirante hizo, y que se le propuso

á

Don Juan Pacheco hiciese.

No era verisimil que el Bachiller, siendo tan hábil é instruido, aconsejase al Marqués de Villena, que incurriera en un delito, á que se quiere señalar por pena condigna una tan severa. Ni se descubre razon, para que fuese culpa grave que eligiesen los Trece de la Orden por su Maestre á Don Alvaro, estando vacante esta dignidad, y que no fuese digno de censura, que al mismo tiempo en la propia ciudad de Avila, en que se hizo la eleccion, se le diese á Don Pedro Giron el Maestrazgo de Calatrava por interposicion del Príncipe, sin haber vacado. El citado Bachiller trae esta noticia (epist. 96.) y la misma se halla en la Crónica del Rey Don Juan (año 45. cap. 83.)

NU

NUMERO VI.

PEDRO DE ABARCA, ANALES DE

ARAGON SEGUNDA PARTE, REYNADO DE

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DON ALONSO EL V. CAP. 8. N.
·7.

DIG RESION A LA MUERTE DE DON ALVARO

N.*

A

DE

Barca empieza esta digresion
refiriendo lo qu
que pasó con el

Condestable desde su conducion de Bur-
gos á la fortaleza de Portillo hasta su
muerte, autorizandolo con la carta que
escribió el Bachiller Fernan Gomez
de Cibdareal al Arzobispo de Tole-
do (es la 103. de su Centon Episto-
lario) en que le dá cuenta puntual de
este famoso suceso. Y despues de epi-
logar los títulos, dignidades, autori-
dad, valimiento, rentas y demás no-
tables circunstancias de Don Alvaro
prosigue diciendo: *

LUNA.

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con el Fiscal del Rey. Y aunque nuestras diligencias no han podido asegurar mas ese suceso, parece merecido; pues como observan varones Sabios, la sentencia no contenia delito especial, sino hipérboles, y cargos en comun, y al ayre.,, Su tenor (dice el Doctor Salazar de Mendoza) se hallará lle,, no de malicia, de envidia y de ren,, cor: y que los cargos fueron generales, sin especificar culpa alguna, como era menester, sino es aver usurpado el lugar que no le pertenecia por aqui apretó el zapato de la envidia, ,, y ella le degolló." Y es asi, que la sentencia (la qual se llevaba delante del Por estos títulos (propios de su- reo en una caña hendida) le llama por mo varon) no tardaron á disputar y ese delito, cruel tyrano: y le carga, escribir en su favor en España y fue- ,, que con grande orgullo, y sobervia, ra de ella la comiseracion, la justicia,,y loca osadia é injuria de la Real y el agradecimiento contra la fortuna ,, Magestad se apoderó de la casa, é y la envidia. Notabase aquella muerte Corte é Palacio Real." Y siendo esde irregular en las causas, y poco le- te delito tan comun á los mas de los gítima en las probanzas. El mismo Rey valídos, si fué singular, ó mayor en herido del escrupulo pidió absolucion Don Alvaro, es argumento no obscual Papa para sí y para todos los Mi- ro de la debilidad y cortedad de aquel nistros; bien que por la calidad, que Rey. En fin no se vé especificado otro de Religioso tenia el Maestre de San- cuerpo de delito, que el de los Coetiago. Mas tambien escriben hombres chos: el qual tiene tan dificultosa, ó exactos, que despues de mucho tiem- tan imposible una sólida probanza conpo declaró el Consejo Real por injusta tra los primeros Ministros y mas si la sentencia en juicio contradictorio hacen exércitos, conservan tropas, y

I Dignid. segl. lib. 3. cap. 17.

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:

sus

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