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cio, de quien dice cap. 16. -Scripsit decretale opusculum directum ad Eumerium Tarraconensem Episcopum. In quo inter alias Ecclesiasticas disciplinas constituit hæreticorum baptisma nequaquam ab Ecclesia rescindendum.

7 Este es el Obispo escrito Nicomerio en el Catalogo citado de las Constituciones Tarraconenses del 1555. como probamos en el titulo precedente, por la expresion la expresion que hace de haberle escrito el Papa alli escrito Quirico, que fue Siricio. El Catalogo de Arzobispos de Tarragona, que ponemos al fin, tomado de los Mss. de D. Juan Bautista Perez, escribe el nombre de este Prelado Icomerio, y dice murió dia 1. de Octubre, cerca del año 390. Omitiendo la variedad del nombre , por los diversos modos con que se escribe, resulta la averiguacion del dia ultimo en primero de Octubre: pero el año queda incierto, por la expresion de circa anos Dni 390. Por aquel tiempo es probable su fin: pero ignoramos el año determinado.

De Patruino,y Patrumo. 8 El Catologo que aca

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bamos de mencionar, pone despues del precedente à Patrumo y la nota adjunta añade, que acaso es el Patruino del Concilio primero de Toledo (reducido alli al año 402. y por nosotros al 400.) Pero aunque antes de descubrir la Carta de S. Inocencio I. huvo variedad sor bre la Sede de Patruino, Presidente del Concilio I. de Toledo; ya no la debe haber, constando que fue Obispo de Merida: y si el Autor del Catalogo miró à éste, no acertó; ni podemos seguirle, pues de ningun modo puede reducirse à Tarragona el Presidente del Concilio I. de Toledo, que fue Obispo de Merida.

9 Yo recelo que aquella pieza está sacada de algun Necrologio antiguo, ò Kalendario, en cuyos dias de mes solian apuntar los dias del falleciniento de algunas personas de notables meritos: y si en efecto se halló asi en algun Kalendario antiguo de Tarragona; en fe de él podrá admitirse, que huvo en esta Santa Iglesia Prelado llamado Patrumo, ò Patruino, despues de Himerio. Pero confio poco en la autoridad

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de esta pieza, por no tener exactitud, como veremos al .fin donde la publicamos, con motivo de ofrecer nombres no conocidos por otro medio en los Fastos Tarraconenses: y viendo que hay vacíos en nuestro Catalogo; puede ser que algunos de aquellos los ocupasen: y asi damos el documento como está , por si conduce para comprobar otros nuevos descubrimientos y en lo que mira al presente Patrumo, no podemos asegurar el tiempo, si en efecto huvo aqui Prelado de este nombre: porque ni el orden, ni los años de aquel Catalago tienen autoridad pero le menciona mos, por si apareciere documento que nombre algun Patrumo en el estado antiguo de esta Iglesia, y para declarar que el Patruino del primer Concilio Toledano, no fue Tarraconense.

bre, y el año; quedarán ambos igualmente sin apoyo, mientras no se descubran mejores documentos.

Nueva conjetura de si fue
Prelado de Tarragona el Obis-
po Hilario, que ocasionó
la Decretal de S. Ino-
cencio I. antes del
año 409.

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1 Despues de Himerio vuelve à ocultarse la expresion de los Prelados de Tarragona, por quanto aunque hay algunos monumentos con nombres de Obispos, en el Concilio primero de Toledo, y en la Carta del Papa S. Inocencio (impresos en el Tomo sexto) no tienen declaracion de la Iglesia. Hallabase la Nacion muy turbada con la heregia de los Priscilianistas: y aunque juntandose los Padres en Toledo ocurrieron en ΙΟ El otro Catalogo de el año de 400. à los daños; las Constituciones del año resultó Cisma por parte de 1555. pone despues del Ni- los Obispos de la Betica y comerio del 390. à Paternino Cartaginense, que habiendo en el año de 410. Esto no recibido los demás Prelados favorece al del Concilio 1. de à su comunion à los Obispos Toledo tenido diez años de Galicia convertidos del antes: y si miraton al mis- error à la verdad; se aparmo, desfigurando el nom- taron de ellos cismaticamen

te,

te, como antes los Luciferia- puede reducirse mejor que nos,segun refiere S. Inocencio en su Carta: y este contexto de haber provenido la disension por los Obispos Beticos y Cartagineses, muestra que los Tarraconeses siguieron el partido acertado de comunicar con los Gallegos porque fuera de Beticos, Cartagineses, y Gallegos, no restan mas que los Tarraconeses, y Lusitanos.

:

2 Esto llegó à noticia del Papa S. Inocencio ('électo en el año de 402.) por zelo y solicitud de uno de los Obispos de España, llamado Hilario , cuyo nombre es uno de los asistentes al Concilio I. Toledano del año 400. El qual Obispo Hilario, compadecido de los perjuicios, y deseoso del remedio, pasó à Italia acompañado de un Presbitero, llamado Elpidio, para informar al Papa S. Ino cencio, y remediar los da ños, à que en efecto ocurrió el Santo Padre por medio de la Carta de que vamos hablando.

3 No hemos descubierto monumento que declare la Sede de este plausible Hila rio: pero si era cabeza de alguna Provincia, à ninguna

à Tarragona : porque los Beticos, y Cartagineses fomentaban el Cisma que Hilario procuraba remediar: los Gallegos tenian en Braga por Obispo à Paterno, uno de los juzgados en el Concilio I. de Toledo, al qual sucediò en la misma Iglesia Balconio, Los Lusitanos gozaban en Merida del Insigne Patruino, Presidente de aquel primer Concilio de Toledo, al qual sucedió Gregorio, que al tiempo de escribir S. Inocencio esta Carta, presidia en la misma Iglesia. No resta otra Metropoli que Tarragona. Por tanto si Hilario ocupaba primera Sede , pertenece à la

nuestra.

4 El cuidar del bien de toda la Provincia es cargo proprio del Metropolitano: y viendo à Hilario tan zeloso del bien comun, se le puede atribuir aquel honor: pues el Papa declara en el Cap. 2. que atiendan à la queja de Hilario contra el Obispo Ru fino, por haber éste ordenado a otros en lugares obscuros contra voluntad del Metropolitano, ò sin consultar à éste, à quien por Derecho pertenece consagrar los

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Obispos : Hilarii fratris & consacerdotis nostri querela primitus audiatur, qui asseruit Ruffinum contra Ecclesiarum pacem omni oppugnatione fuisse versatum, & dudum in Concilio Toletano erroris sui veniam postulasse, & nunc, cum Metropolitano Episcopo ordinandi Sacerdotis pontificium deberetur contra populi voluntatem, & disciplinæ rationem , Episcopum locis abditis ordinasse. La queja contra el usurpador del cargo Metropolitico es muy propria en el mismo defraudado: y no conociendo otro Metropolitano, que pudiese acudir al Papa sobre el remedio, mas que el de Tarragona; à este se le puede atribuir aquel honor.

5 Añade el Papa, que traten la causa de los Obispos Tarraconenses, que se quejaron haber Minicio ordenado del mismo modo (es to es, sin acuerdo del, Metropolitano) Obispo en la Iglesia de Gerona, y sentencien conforme al Niceno contra aquella usurpacion: (esto es, por el Canon VI. que manda no reconocer por Obispo al que se ordene sin conocimiento del Metropoli

tano) Dehinc Tarraconensium Episcoporum est causa tractanda, qui pari modo Minicium in Gerundensi Ecclesia Episcopum Ordinasse conquesti sunt. Esta clausula puede equivocar à alguno, creyendo que el ordenado en Gerona fue Minicio: y no es asi: Minicio fue el que contra los Canones ordenó Obispo en Gerona (cuyo nombre no expresa) y este sentido consta por el mismo Capitulo 2. de la Carta del Papa, el qual empieza asi: Non enim latere potuit, quod Ruffinus atque Minicius Episcopi in alienis Ecclesiis contra Nicænos Canones Episcopos usurpaverunt ordinare: donde ves à Rufino y Minicio como consagrantes de otros contra los Čanones. Hilario se quejó de esto contra Rufino: los Obispos de la Tarraconense contra Minicio, por haber ordenado Obispo en Gerona del mismo modo que Rufino, esto es, uno y otro contra el Niceno, como expresa el principio del Capitulo.

6 Esta contraposicion de los Tarraconenses contra Minicio despues de la queja de Hilario contra Rufino, puede

ha

hacer sospechar que Hilario no era Tarraconense: pues si lo fuera, no expusiera el Papa aparte la queja de los Tarraconenses contra Minicio, que pudiera incluirse en da de Hilario, pues la materia era identica, de que ordeneban Obispos contra los Canones.

7 Sin embargo de parecer urgente la reflexion; puede sostenerse la conjetura de que Hilario era Prelado de Tarragona, y decir que los demas Obispos de la Provincia se quejaron contra Minicio, por el exceso de orde nar Obispo en Gerona, Iglesia Episcopal antigua de su territorio de modo, que los Tarraconenses instaron contra Minicio; Hilario contra Rufino: ambos transgre sores de los Canones, pero éste por colocar Obispo donde no correspondia (Episcopum locis abditis ordinasse) 'aquel por ordenarle indebidamente en Gerona, que aunque era Episcopal, debia recibirle como mandan los Canones. Ambas cosas eran vituperables: de ambas pu-diera acusarlos Hilario: pudieran tambien los demas Obispos pero estos se con

tentaron con ocurrir al daño de la que era Sede : Hilario de las que no lo eran. Creible es que el zelo de Hilario referiria al Papa el exceso de Minicio: pero juntandose la representacion de los demas Obispos contra él, tuvo por bien el Papa mencionarla con expresion de los Tarraconenses: sin que esto derogue el ser Hilario Metropolitano: pues bien pueden los Comprovinciales pedir remedio de lo mismo que pretende su Prelado.

8 Aunque esta conjetura no convenza, sirve la mencion para noticia del estado en que à principio del Siglo quinto se hallaba la Provin→ cia, y dar alguna razon sobre la Decretal del Papa S. Inocencio I. escrita antes del año 409. en que entraron los Barbaros en España, y empezaron las guerras y desgracias lamentables, que Idacio apunta en su Chronicon (dado en el Tomo 4.) las quales no precedieron à la Carta de S. Inocencio, pues no suena en ella mas turbacion que el Cisma entre los Eclesiasticos de resulta del Concilio Toledano del año 400. y las guerras de los Bar

ba

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