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de Alcalá, que á nuestra noticia ha venido que algunos letrados de esa dicha universidad se han ocupado en ver libros para dar su censura é parescer cerca dellos, de lo cual pueden resultar grandes inconvenientes por dar la dicha censura é parescer sin ser primero vista por los ministros del Santo Oficio para que mejor se pueda proveer cerca de los libros que se han de prohibir en el cadahalso que por Nos está mandado hacer. E deseando obviar los daños que podrian resultar, é que los dichos inconvenientes cesen, é no hayan diversos é contrarios paresceres, mandamos dar la presente, por la cual vos encargamos é mandamos que ninguna persona, universidad ni colegio de cualquier estado, dignidad que sea, dé censura ni parescer cerca de ningund libro de cualquier facultad que sea, sin que primero presente la dicha censura é parescer en el Consejo de la General Inqnisicion, para que vista se provea cerca dello lo que convenga. Lo cual hagan é cumplan so pena de sentencia de excomunion mayor lato sententia y de doscientos ducados de oro para los gastos de el Santo Oficio á cada uno que lo contrario hiciere. En testimonio de lo cual mandamos dar la presente, firmada de nuestro nombre, sellada con nuestro sello, refrendada de el secretario infrascripto, en Valladolid á once dias del mes de abril año de mill é quinientos é cincuenta é nueve-F. Hispalensis-Por mandado de su Señoría Illma.-Pedro de Tapia."

Fragmento de una Carta de Felipe II á Carranza, escrita desde Bruselas á cuatro de abril de 1559.

"Ha muchos dias que tenia escrito hasta aquí sin haber querido pasar adelante en el negocio que me escrebistes de vuestro libro, hasta que fuese llegada la persona

que me enviábades sobre ello, la cual (que es el que yo conocí prior de Atocha) me ha hablado hoy, é de antes tenia yo proveido algo de lo que conviene á este negocio. Pero por no detener este correo, sino que vaya luego con tan buena nueva, como es la de haberse concluido ayer la paz, no quiero alargarme en responderos sobre esta materia, pues lo haré brevemente, y entretanto os ruego mucho que no hagais mudanza de lo que hasta aquí habeis hecho, ni acudais á otra parte que á mí, pues todo seria de mas inconveniente."

Carta de Carranza escrita desde su cárcel á Felipe II en 31 de agosto de 1562.

"Sacra é muy Católica Majestad-Digo yo Fr. Bartolomé Carranza de Miranda arzobispo de Toledo que luego que se trató de este negocio mio, dí cuenta dello á V. M. como era obligado, para seguir en él la órden que V. M. fuese servido: mandóme en una carta suya que no acudiese á otro sino á V. M., é yo lo hice así é sufrí que me prendiesen con tan mal nombre como V. M. ve, antes que pedir justicia en otra parte. Supe que despues de mi prision fueron á dar cuenta al Sumo Pontífice de lo que se habia hecho conmigo, porque ya entonces no se podia excusar, ni V. M. me podia dar remedio sino por su mano. Pero dije cuando me prendieron que de todo se diese razon á V. M., é para esto dejé escrita una carta que con otras que habia escrito á V. M., en esto no sé lo que se hizo. Solamente sé decir que el mes de agosto de este año de sesenta é dos, habrá tres años que estoy aquí tratado como Dios sabe: á él hago muchas gracias que me ha da→ do vida. Plegue á S. M. infinita de dármela hasta poder

dar cuenta á V. M. de la verdad que yo he tratado, é que entienda que Fr. Bartolomé de Miranda no fué jamás otro

del que pensó que era cuando se sirvió de él en su casa, y es Dios testigo que la cosa porque mas lo deseo, es para lo que tengo dicho.

Presumo que llegaria á noticia de V. M. el tratamiento que á mí se me hacia. Vino el Doctor Hernan Perez para verlo, é creo que para dar órden en ello: él no me vió á m ni á hombre que estaba conmigo; informóse de aquellos de quien yo me habia quejado; estos se concertaron de encubrirle lo que aquí pasaba, é otras cosas de peor cualidad de que no es razon dar cuenta aquí á V. M. Al fin de estos llevó la informacion que daria á V. M. Despues aguardé un año esperando remedio de todo, é como no se me daba lugar de demandar justicia, sino á Dios del cielo, quejéme é agraviéme de los daños de la dilacion, é de otras cosas de mi tratamiento. El Licenciado Gonzalez que estaba aquí (á lo que yo creia por el arzobispo de Sevilla) é á lo que él me dijo puesto por V. M., respondióme esto que se sigue: el Rey es el que prendió á vuestra señoría y el que le tiene aquí, porque nosotros no éramos parte; y él es servido de todo lo que se hace é ha hecho con vuestra señoría, y esta es la voluntad de S. M. é de su Santidad tambien. Vuestra señoría tenga paciencia é abaje su cabeza, pues es su Rey natural, é vuestra señoría hechura suya. Digo esto no porque creyese jamás ser esto así, sino porque V. M. sepa la verdad y el hecho de lo que pasa. Oido esto demandé recado para enviar á V. M. una peticion suplicándole me proveyese de justicia; él me lo dió é me prometió de dar ó enviarla á V. M., é así me dijo despues que lo habia hecho: no sé lo que se hizo. Pocos dias despues V. M. usando de

la comision de nuestro muy Santo Padre el Papa Pio IV me nombró jueces al arzobispo de Santiago por principal, é al obispo de Palencia D. Cristobal de Valtodano, y é al Dr. Simancas subdelegados de el dicho arzobispo; pero de la comision que trajeron, é de la que su Santidad da á los jueces que V. M. nombrare, nacieron algunas dudas é se vieron algunos inconvenientes para mi justicia é persona; é comunicado todo con mis letrados (aunque vieron que la dicha órden me era muy perjudicial, é en algunas cosas no conforme á la voluntad é comision de su Santidad) acordaron que pasase por todos los inconvenientes por haber nombrado V. M. los jueces; é yo por esto é confiado de mi justicia, é deseando dar cuenta de mí é de mi doctrina á todo el mundo, especialmente á su Santidad y á V. M. (á quienes particularmente tengo esta obligacion) siguiendo su parecer comencé luego la causa conforme á la comision de su Santidad con toda llaneza que es posible hacerlo otro vasallo el menor que V. M. tiene. Hízose esto en veinte y tres de agosto del año de sesenta y uno, agora que somos en abril estamos casi al principio de la causa. Las razones que hay para esta dilacion no las sé, sino una que veo, y es que parte de esta causa se hace aquí por los jueces subdelegados, é parte por el arzobispo que está absente; é cuando yo con mis letrados demandamos algo que cumple á mi justicia, los jueces que están acá responden lo que pueden; en lo demas dicen que no tienen comision como es verdad. Escribimos al arzobispo de Santiago, é ha ocho meses que hacemos esto, é no nos responde, ni sabemos donde está. Esto pasa en la causa principal, y lo mismo en cosas incidentes y accesorias, como es si recibo algun agravio de los ministros que están é han estado en esta casa. Yo entretanto pa

é

dezco, y esto seria poco si no padeciesen conmigo tantos en las almas é en los cuerpos, é juntamente una iglesia como la de Toledo.

Yo sé cierto que todo esto es contra la voluntad de V. M. y de su Santidad porque no les place que nadie sea agraviado. Nunca en el mundo se hizo juicio de esta manera, que estando el juez ausente, para cada demanda ó respuesta se aguarde por lo menos un mes, é agora ha mas de siete que la aguardamos. Para remedio de esto pareció á mis letrados por el mes de enero que se hiciese un requirimiento al arzobispo de Santiago que viniese á hacer la causa, presente, ó diese la comision cumplida: hízose en diez y nueve del dicho mes, hasta hoy esperando la respuesta. E así nos estamos parados, é la iglesia é yo padecemos. Yo temo la muerte é la estoy cada dia esperando, porque á esto parece que va ordenado lo que conmigo se ha hecho despues que aquí vine; aunque es verdad que mis servicios no lo tenian merecido. Doy gracias a Dios por todo. Lo que mas deseo antes de morir, es dar cuenta á V. M. como arriba dije, y entienda que no soy otro ni he sido del que V. M. conoció; é si le han dicho lo contrario, los que lo dijeron fueron por ventura engañados. Si hubiere lugar que se haga esto, seráme grande consolacion, é si no bastará dar cuenta á Dios de todo. Si V. M. puede dar otra órden de la que agora se tiene, para que esta causa se acabe, recibiré mucha merced en ello, porque si las otras causas se acaban en un año, esta se habia de acabar en medio, é ha mas de tres que se trata de ella, é temo se haga interminable, á lo cual V. M. no debe dar lugar, pues seria un agravio tan grande. Dos cosas me fuerzan dar á V. M..esta pesadumbre: la primera haberle dado contra mí tan lar

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