MOVIMIENTO MERCANTIL de esta plaza en el mes de mayo de 1844. NOTA. Que en esta relacion no van inclusos 9 buques de guerra entrados ni 11 salidos. Tampoco 4 vapores entrados y 4 salidos. Pasageros que han conducido dichos buques. En los pasageros de España están inclusos 108 reclutas que han venido destinados á los cuerpos de esta guarnicion. Estraccion de nuestros principales frutos en todo el mes de mayo de 1844. SAN JUAN DE DIOS, DE CARIDAD. Han fallecido.... 43 174 En todo el mes de mayo se han enterrado los cadáveres Núm. 105.–Julio de 1844. APUNTES PARA LA HISTORIA DE LA ISLA DE CUBA LA HABANA EN SUS PRIMEROS DIAS. Cabildo de 8 de agosto de 1615.-Se trató é confirió como en otras juntas que se han hecho por los vecinos é moradores de esta ciudad se acordó se pidiese á S. M. concediese la licencia á esta dicha ciudad para que en ella se fundase un monasterio de monjas religiosas, para cuyo efecto los vecinos é moradores de ella deseando este bien para ennoblecer su ciudad é meter en él sus hijas religiosas por haber muchas, é ayudaron con sus limosnas que mandaron en cantidad de 15,000 pesos, é aunque se embiaron los papeles, mandas é recaudos á los procuradores do corte de esta ciudad, hasta agora no ha recibido respuesta de cosa ninguna, é visto esto el Sr. Gobernador como cabeza de esta ciudad é amparo de ella, teniendo en consideracion el servicio que se hace á Dios Ntro. Sor. é al bien de todos los de los lugares de la tierra adentro, ha tornado la mano á tomar á su cargo la fundacion del dicho convento, para cayo efecto escribe al Sr. Duque de Lerma, como esta ciudad le ha elegido é nombrado por Patron del diche monasterio, para que tomándolo á su cargo como patrono de él, haga instancia con S. M. ayude con sus limosnas é de licencia para la fundacion de él, é para que en todo tiempo conste, este Cabildo por sí, é en nombre de esta ciudad é Isla, vecinos é moradores de ellas, nombran por Padron del dicho convento al Sr. Duque de Lerma, é á los demas que le sucedieren, é como á tal Padron en todos los edificios, capilla mayor é torre del dicho convento se pongan las armas de S. E., al cual esta ciudad pide é suplica acepte de ella este servicio, é con mucha cristiandad ayude de su parte á la fundacion del dicho monasterio, pues será una de las meritorias que S. E. ha hecho en esta vida.-E para que se ponga en ejecucion se haga Cabildo general con todos los vecinos de esta ciudad é se haga saber lo que está tratado, é se escriba á S. M. é al Sr. Duque de Lerma todo lo acordado, é se comete al alcalde Luis de Zéspedes é Diego de Soto regidores de esta ciudad. Cabildo abierto de 9 de agosto de 1615.-En la ciudad de la Havana en 9 de agosto de 1615 años, se juntaron en Cabildo abierto la justicia é regimiento de ella para tratar é conferir cosas tocantes al servicio de S. M. é bien de esta isla é ciudad de la Havana, conviene á saber los alcaldes ordinarios de ella, el capitan Jacomé Justinian, é Luis de Zéspedes, é Alonso Velasquez de Cuellar, alguacil mayor de esta dicha ciudad é el contador Juan de Eguiluz é Diego de Soto é D. García de Córdova é el capitan Alonso Ferrera, todos regidores é con asistencia de Juan Sanchez Pereira, Procurador general de esta dicha ciudad, é por ante mí Luis Perez Costilla, escribano del dicho Cabildo é lo que en él se trató, confirió é acordó por los vecinos é moradores de ella é por los Prelados de los conventos del Sr. Santo Domin. go, é San Francisco é San Agustin, é Beneficiados de las iglesias parroquiales de ella, se hizo en la forma é manera siguiente. -E estando ansí juntos é congregados propuso el Sr. Contador Juan de Eguiluz, juez oficial de la Real Hacienda de S. M. en esta isla de Cuba, que como es notorio á este Cabildo é á los demas vecinos que fueron llamados á él en otros Cabildos é juntas generales que se han hecho antes de agora, se ha tratado se pidiese á su Santidad Apostólica é á S. M. como Patron de las Indias, que en esta ciudad como cabeza de toda esta Isla, hubiese juez de apelaciones elejido é nombrado por el Arzobispo de Santo Domingo, para que con plena comision conociese de las causas, agravios é apelaciones é respuestas del Sr. Obispo de esta Isla é sus provisores, por los muchos que despues que vino á esta Isla el dicho Sr. Obispo reciben las parroquias, conventos, vecinos é moradores de esta ciudad é Isla, fábricas, conventos, sus rentas é cofradías é sus limosnas, ansi de lo que toca alquilar á los Beneficiados la cuarta de las obvenciones, sacrificios é entierros, é á los conventos el agravio que se les sigue de cobrar los entierros doblados, misa de cuerpo presente é ofrenda de los que se entierran en los dichos conventos, por cuya causa muchos vecinos é moradores se dejan de enterrar en ellos, é ansimismo las rentas de las fábricas de las iglesias parroquiales de esta ciudad é Isla gastallas é consumillas en otras cosas no tocantes á la fábrica é aumento de las dichas iglesias é cofradias é los grandes é escecivos gastos, peligros é trabajos de enemigos que se han causado é causarán á los vecinos é moradores de esta Isla si fuesen de ella en seguimiento de sus causas, agravios é vejaciones que se les han fecho é esperan harán, por cuya causa é por evitar este daño é peligro muchos consienten en sus sentencias é dejan dé ir en seguimiento de sus apelaciones á la ciudad de Santo Domingo, donde está la silla Arzobispal é que en interin que su Santidad é S. M. provee del remedio tan justo que se le pide se torne á pedir al Sr. Arzobispo que al presente está en esta ciudad, deje en ella juez que conozca de las dichas causas é agravios, ó confirme la comision que dió al Ldo. Gaspar de Canales por el bien general que se sigue á todos los arriba referidos. E ansimismo propuso que en otros Cabildos é juntas generales se ha tratado por este Cabildo é por los vecinos é moradores de esta Isla sobre la fundacion del convento de monjas religiosas, é los mas vecinos é moradores deseosos de alcanzar tan gran bien en esta ciudad, ansi para la ennoblecer como por las muchas hijas de vecinos principales que en ella hay, se han animado á mandar para la fábrica del dicho convento mas de 15,000 ps., sin la dote que cada una ha de méter para ayuda de sus gastos, y las ordinarias limosnas que cada dia para su sustento, se pida é suplique á S. M. sea servido de dar li cencía é facultad para la fundacion de dicho convento é con su gran cristiandad ayude con su larga mano é limosna á la fundacion de él. E ansimismo se pida al Sr. Duque de Lerma en nombre de esta ciudad acepte el Patronazgo del dicho convento é que en su nombre é como Patron de él se pondrá en la capilla mayor, torre é edificios las armas de S. E. é de su parte suplique á S. M. dé la dicha licencia é ayude con sus limosnas, é la misma limosna se le pida haga el dicho Sr. Duque de Lerma é en todo ponga instancia con S. M. para que tenga efecto lo referido en esta proposicion, é habiéndose oido é entendido la proposicion fecha por el dicho Sr. Contador por la justicia é regimiento, é por los R. R. P. P. fiai Juan Camer, prior del convento del Sr. Santo Domingo, é fiai Pedro Serrano, guardian del convento del Sr. San Francisco, é frai Juan Alvarez, prior del convento del Sr. San Agustin, é los beneficiados el Ldo. Luis de Salas, é el Ldo. Gaspar de Canales é el Ldo. Rivera, é el Ldo. Alonso Castillo, é el Ldo. |