Tratado de medicina del trabajoElsevier España, 10 ene 2007 - 1060 páginas Este Tratado de medicina del trabajo intenta ofrecer materia actualizada a los profesionales que ejercen o ejercern la Vigilancia de la Salud en los Servicios de Prevencin, pues no existe ninguna obra que aborde los temas propuestos en su totalidad y con actualidad suficiente. La Medicina del Trabajo alcanza ya a un numeroso colectivo (servicios de prevencin ajenos, servicios de prevencin de industrias, especialistas que trabajan en mutuas de accidentes de trabajo, mdicos preventivistas, etc.), que podr beneficiarse de esta obra que compendia todos los aspectos relacionados con la salud laboral. Tambin ser til, de manera notable para los alumnos en formacin. Algunos temas que son tratados de manera especial son la valoracin de secuelas y la importancia de los baremos; la ergonoma en el puesto de trabajo; la psicosociologa laboral, y la Vigilancia de la Salud y la multidisciplinariedad de los temas tratados, con la inclusin, por ejemplo, de nuevas enfermedades profesionales (el sndrome de Arystil o la fibromialgia). |
Índice
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Nociones de derecho laboral útiles para el médico del trabajo | 111 |
Valoración del daño en el ámbito laboral | 132 |
Baremos de aplicación en el ámbito laboral | 147 |
Toxicología industrial II Toxicidad de los disolventes | 785 |
Toxicología industrial III Toxicidad de los metales pesados | 803 |
Toxicología industrial IV Plaguicidas | 821 |
Toxicología industrial V Carcinogénesis profesional de origen químico | 838 |
Otros aspectos de interés | 851 |
Implantación y funcionamiento de un servicio de salud laboral en | 893 |
de la evaluación | 911 |
Biomonitorización en el medio laboral 925 XXI | 925 |
Gestión de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profe | 167 |
Capítulo 33 Traumatología laboral | 611 |
Enfermedades reumáticas y trabajo | 665 |
Dermatología laboral | 695 |
Aparato cardiovascular y trabajo | 736 |
Fisioterapia y rehabilitación Nociones básicas para el médico del tra | 755 |
Toxicología industrial | 769 |
aplicación preventiva | 939 |
Investigación en medicina del trabajo Metodología | 953 |
CALIDAD Y MEDIO AMBIENTE | 975 |
Certificación y calidad en los Servicios de Prevención | 996 |
Índice alfabético de materias | 1011 |
Términos y frases comunes
accidentes de trabajo actividad adecuada afectación agentes biológicos alteraciones ambiental anamnesis antígeno aplicación artrosis asbesto asma asociadas audiométrico baremo ción contacto contrato control cotización criterios daño debe delito derivados desarrollo determina diagnóstico disminución disnea dolor efectos eléctrica empresa empresario enfermedad enfermedades profesionales enfermo Ergonomía especial específica establece estrés estudio evaluación existe exploración exposición factores física formación Fotocopiar sin autorización fracturas frecuencia función funcional higiene higiene industrial hipoacusia incapacidad incluyen industrial lesiones luminancia mecanismo mediante medicina del trabajo médico medidas medio mente miento mobbing muscular neumoconiosis nivel normal ocupacional OMASSON organismo osteoporosis paciente patología persona personal presente presión prestación prevención de riesgos proceso produce protección Ptas puesto de trabajo pulmonar químicos radiación Real Decreto realizar relación respiratoria riesgos laborales S.A. Fotocopiar salud laboral sanitaria Seguridad Social Servicios de Prevención síndrome síntomas sión sistema situación sustancias tabla técnicas térmico tóxico tratamiento traumatismo utilización valoración zona
Pasajes populares
Página 70 - Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres.
Página 104 - ... para atender al cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida.
Página 211 - ... acreditación de las entidades especializadas como servicios de prevención ajenos a las empresas, de autorización de las personas o entidades especializadas que pretendan desarrollar la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas y de autorización de las entidades públicas o privadas para desarrollar y certificar actividades formativas en materia de prevención de riesgos laborales.
Página 189 - Cuando el paciente manifieste expresamente su deseo de no ser informado, se respetará su voluntad haciendo constar su renuncia documentalmente, sin perjuicio de la obtención de su consentimiento previo para la intervención.
Página 50 - Se entenderá por enfermedad profesional la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de la Ley, y que esté provocada por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional.
Página 193 - El que revelare secretos ajenos, de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o sus relaciones laborales, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses. 2. El profesional que, con incumplimiento de su obligación de sigilo o reserva, divulgue los secretos de otra persona, será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para dicha profesión por tiempo de dos a seis años.
Página 73 - Los laicos o seglares que presten servicios retribuidos en los establecimientos o dependencias de las entidades o instituciones eclesiásticas. Por acuerdo especial con la jerarquía eclesiástica competente se regulará la situación de los trabajadores laicos y seglares que presten sus servicios retribuidos a organismos o dependencias de la Iglesia y cuya misión primordial consiste en ayudar directamente en la práctica del culto.
Página 192 - Las medidas de vigilancia y control de la salud de los trabajadores se llevarán a cabo por personal sanitario con competencia técnica, formación y capacidad acreditada.
Página 113 - El contrato para la formación tendrá por objeto la adquisición de la formación teórica y práctica necesaria para el desempeño adecuado de un oficio...
Página 17 - Asimismo, los poderes públicos fomentarán una política que garantice la formación y readaptación profesionales; velarán por la seguridad e higiene en el trabajo y garantizarán el descanso necesario, mediante la limitación de la jornada laboral, las vacaciones periódicas retribuidas y la promoción de centros adecuados.